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La campaña mundial para terminar con la violencia en las escuelas

Le damos la bienvenida a la más reciente campaña de Plan, la misma que enfrenta la violencia en las escuelas. Este tipo de violencia no distingue color o credo. Es por ello que las líneas gratuitas que ofrecen soporte emocional a niños y niñas juegan un papel fundamental al permitirles denunciar y prevenir incidentes. Esperamos trabajar estrechamente con Plan para volver a las escuelas en zonas libres de violencia.
Jeroo Billimoria, Directora de Child Helpline International

Las maestras y los maestros son actores protagónicos de esta campaña... La violencia aleja a los niños y las niñas de las escuelas. Le tienen pavor a la escuela porque su entorno no es lo suficientemente seguro para ellos y, por lo tanto, esta situación les impide aprender adecuadamente. Es por esto que los insto a respaldar a Plan y al Ministerio en el transcurso de esta campaña.
Odile Bonkoungou, Ministra de Educación Básica y Alfabetización, Burkina Faso

Estoy convencido que la campaña Aprender Sin Miedo nos permitirá promover escuelas libres de violencia, donde los niños y las niñas puedan aprender y desarrollarse adecuadamente. Junto a Plan, estamos comprometidos a trabajar en beneficio de las y los escolares.
Waldo Albarracín, Defensor del Pueblo, Bolivia

La campaña Aprender Sin Miedo de Plan es un paso importante para lograr los Objetivos de desarrollo del milenio. Hay esperanzas; yo creo que sí podemos erradicar la violencia de las escuelas. Guiados por un espíritu de solidaridad mundial, realmente podemos hacer una diferencia en la vida de millones de niños y niñas de todo el mundo.
Salil Shetty, Director de la Campaña del Milenio de las Naciones Unidas

La seguridad no sólo ocurre: es resultado del consenso colectivo y la inversión pública. A nuestros niños y niñas, los ciudadanos más vulnerables de cualquier sociedad, les debemos una vida libre de violencia y de miedo.
Nelson Mandela, Informe mundial sobre la violencia y la salud, 2002

Profesor Paulo Sérgio Pinheiro
Ex experto Independiente del Estudio sobre la violencia contra los niños y las niñas de la Secretaría General de las Naciones Unidas y Comisionado y relator sobre niños y niñas, Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Organización de los Estados Americanos.

Prólogo

Todos los días y en todos los países, niños y niñas son afectados por la violencia escolar. La misma que se expresa a través del castigo corporal; el hostigamiento escolar; los crímenes con pistolas y cuchillos; y las agresiones sexuales. Este particular tipo de violencia tiene lugar tanto dentro como en los alrededores de las escuelas.
Donde sea que ocurra, la violencia escolar tiene consecuencias dañinas tanto para los niños y las niñas como para la sociedad. Los niños y las niñas deben soportar dolor y humillaciones que afectan su aprendizaje, su personalidad y su futuro.

En las diversas instancias donde la violencia queda sin castigo y sin ser reportada, no hay paz ni justicia para los niños y las niñas. Sin embargo, ellos y ellas tienen derecho a un entorno escolar seguro, donde puedan aprender de la mejor manera posible.

La violencia contra los niños y las niñas, ya sea por parte de sus pares o de adultos en una posición de poder, se puede evitar y no se debe tolerar.

Aprender Sin Miedo es la contribución de Plan a lo que debe ser un esfuerzo mundial para proteger a los niños y las niñas de abusos físicos, sexuales y mentales en las escuelas, lugares que deberían ser seguros para ellos.
No existen soluciones simples. Sin embargo, Aprender Sin Miedo se basa en la más actualizada investigación sobre la magnitud del problema, los recursos legales y programas prácticos que pueden tener éxito en la prevención y erradicación de la violencia escolar.

Los niños y las niñas tienen derecho a ir a una escuela sin miedo y a esperar una experiencia de aprendizaje de calidad, sin amenazas de violencia. Esta campaña tiene el potencial de generar un impacto positivo y real en las vidas de millones de niños y niñas.
Paulo Sérgio Pinheiro.

Introducción

La violencia en las escuelas es un verdadero problema global.(1) Este tipo de violencia puede expresarse a través del castigo corporal; abuso sexual; negligencia; abuso verbal y emocional; hostigamiento escolar (bullying en inglés); pandillas juveniles; uso de armas; o acoso durante el trayecto hacia y desde la escuela.

Con oficinas en sesenta y seis países, Plan es una de las más antiguas y grandes organizaciones de desarrollo internacional del mundo. Trabajamos en 49 países en vías de desarrollo en África, América y Asia y tenemos oficinas en 17 países desarrollados en Europa, América del Norte, el este de Asia y Oceanía. Brindamos apoyo directo a más de millón y medio de niños y niñas y sus familias, y además, apoyamos indirectamente a una cantidad estimada de nueve millones de personas que viven en las comunidades para las que trabajamos.

Una encuesta interna realizada en el año 2007 en todos los países en donde trabaja Plan, detectó que los principales problemas de violencia escolar que afectan a los niños, niñas y sus comunidades son castigo corporal, violencia sexual y hostigamiento escolar. (2)

La campaña

Esta evidencia llevó a Plan a crear Aprender Sin Miedo, la campaña para erradicar la violencia contra los y las escolares. La campaña priorizará los tres temas identificados por la encuesta en mención. Sin embargo, cada oficina de Plan adaptará la campaña con el fin de enfrentar los aspectos de la violencia escolar más relevantes para los niños y las niñas de sus respectivos países. Con el respaldo de los artículos de la Convención sobre los derechos del niño de las Naciones Unidas y del enfoque de los Objetivos de desarrollo del milenio (ODM), la campaña tendrá como punto de partida el ímpetu generado por el Estudio sobre la violencia contra los niños y las niñas de la Secretaría General de las Naciones Unidas (UNVAC, por sus siglas en inglés) de 2006. Al mismo tiempo, tendrá por base nuestra experiencia en el campo de la educación de calidad y los programas de protección infantil y de mejoramiento de la escuela.

Adicionalmente, el enfoque del desarrollo comunitario centrado en la niñez de Plan (3) (CCCD por sus siglas en inglés) será fundamental en la implementación de la campaña.
Aprender sin Miedo, y este informe, se centra en los 66 países (4) en los que trabaja Plan. Sin embargo, queriendo contribuir en la mejora de la experiencia escolar a nivel mundial, el reporte también incluye la evidencia de otros países. La campaña operará en distintos niveles en paralelo: a nivel mundial, trabajaremos con diversos organismos internacionales; a nivel nacional, colaboraremos con los gobiernos y la sociedad civil; y a nivel comunitario, trabajaremos con organizaciones e individuos.

De esta manera, reconocemos que el éxito de la campaña requerirá de un esfuerzo coordinado de todas las partes interesadas, incluidos las niñas y los niños, que son bastante ingeniosos y entusiastas al momento de diseñar las mejores estrategias para abordar los desafíos que plantea la violencia escolar.

La investigación

Este informe se basa en una rigurosa revisión sistemática y una extensa revisión de la literatura. La revisión de la literatura incluyó los materiales disponibles sobre la violencia escolar y brindó un análisis mundial de los mecanismos legales y sociales que protegen a los niños y las niñas de la violencia escolar. Esto se complementó con entrevistas por teléfono y correos electrónicos con expertos gubernamentales y no gubernamentales de África, América Latina y Asia. (5)

La revisión sistemática identificó y sintetizó la investigación relevante publicada en inglés, francés, español y portugués para evaluar el impacto de los programas de prevención de la violencia escolar. (6) Un punto a destacar es que en muchos países, la evidencia de la violencia escolar no llega a ser captada por los sistemas internacionales de rastreo, como Internet y las bases de datos académicas. Por lo tanto, es probable que los investigadores no hayan tenido acceso a algunos programas exitosos.

Este informe

Este informe describe la campaña Aprender Sin Miedo de Plan y se centra en el castigo corporal, la violencia sexual y el hostigamiento en las escuelas. Los tres primeros capítulos describen la magnitud y la gravedad de estos tipos de violencia escolar, sus causas, las consecuencias, y las formas en que se pueden mejorar las leyes y las políticas. El cuarto capítulo se basa en lo que la investigación prueba que sí funciona al enfrentar la violencia escolar, con un particular enfoque en intervenciones programáticas.

El capítulo final contiene el llamado a la acción de Plan. En él, se propone lo que las organizaciones internacionales, los gobiernos, los maestros, los padres y los niños y las niñas deben hacer para detener la violencia en las escuelas. Cada oficina de Plan se ha propuesto objetivos ambiciosos, los mismos que han sido compilados por el llamado a la acción de Plan, que desde ya, esboza el trabajo que llevaremos a cabo.

Aunque este informe también tiene como finalidad mejorar nuestra comprensión de la violencia escolar y llenar algunos de los vacíos identificados en estudios previos (como UNVAC, por ejemplo), es evidente que se necesita más y mejor investigación. El primer paso para poner fin a la violencia escolar es conocer la magnitud y la naturaleza del problema. En especial, es necesario examinar los contextos sociales, políticos y culturales en los que la violencia escolar tiene lugar, con el fin de desarrollar intervenciones adecuadas.

La violencia escolar se interpone en la contribución que hace la educación de calidad a la eliminación de la pobreza y la mejora en la calidad de vidas de niños y niñas. Para erradicar la violencia escolar se requiere un cambio de paradigma y el compromiso de personas, gobiernos y organismos internacionales. Esto tomará tiempo, pero Aprender Sin Miedo propone ser un paso en la dirección correcta.

La violencia contra los niños y las niñas es una violación a sus derechos. No sólo es cruel e injusta, sino que también predecible y prevenible. (7) Es tiempo que los y las escolares tengan la oportunidad de Aprender Sin Miedo y, así, alcanzar todo su potencial.


Los maestros siempre sostienen una vara. Una vez tuve una discusión con un maestro así que me ordenó que me apoyara en la pared y me pegó tres veces con ella. Estaba tan asustado, que comencé a transpirar muchísimo.
Investigación de Plan Tailandia con niños y niñas y jóvenes de 7 a 18 años


Castigo corporal

Definición de castigo corporal

El castigo corporal ocurre cuando alguien en una posición de autoridad, usa la fuerza física en contra de alguien bajo su cuidado con la intención de causar algún grado de dolor o molestia. Esto puede traducirse en golpear a niños y niñas con las manos o con una vara, correa u otro objeto; patear, sacudir o arrojar a niños y niñas; rasguñar, pellizcar, morder o tirarles el pelo; obligarlos a permanecer en posiciones incómodas; encerrarlos o amarrarlos; quemarlos, echarles líquidos calientes o forzarlos a ingerir objetos, como al lavarles la boca con jabón. (8) Dicho castigo puede tener efectos tanto psicológicos como físicos.

India

En la escuela somos golpeados sin piedad. Por ello, no podemos sentarnos bien.
Niños de entre 10 y 12 años
Si el día que no debemos vestir el uniforme escolar usamos un vestido de colores, el maestro nos castiga.
Niñas de entre 13 y 15 años

La magnitud del problema

A lo largo del mundo, es bastante común encontrar escuelas en donde se emplea la fuerza física para castigar a sus estudiantes. El estudio de UNVAC hizo un llamado para que en el año 2009 todos los países hayan logrado prohibir el castigo corporal. (7) Aún así, 90 de los 197 países supervisados por la Iniciativa global para acabar con todo tipo de castigo corporal en contra de niños y niñas, carecen de leyes que sancionen el castigo físico de escolares. (8) Incluso en países donde este tipo de violencia está prohibido, como en China, la ley no siempre se cumple de forma eficaz. (9)

En Camerún, el castigo corporal en las escuelas es ilegal. Sin embargo, un estudio que abarcó cuatro de sus provincias y que fuera publicado dos años después de su prohibición legal (en 1998), concluyó que los maestros abiertamente lo justifican para castigar “el descaro, la desobediencia y los errores académicos”. De otro lado, el mismo estudio encontró que el 97 por ciento de los estudiantes había sido castigado físicamente. (10)

La evidencia muestra que por lo general, más niños que niñas afrontan el castigo de sus maestros. (8) Además, que los niños y las niñas discriminadas en base a, por ejemplo, discapacidad, pobreza, casta, clase, origen étnico o sexo, tienen mayor probabilidad de sufrir castigo corporal que sus pares. (5)

En el mundo occidental, los niños y las niñas de origen africano tienen muchas más probabilidades de ser golpeados en casa y en la escuela. (11) Estudios en países en vías de desarrollo sugieren que la discriminación ocurre en todo el mundo. En Egipto, por ejemplo, el 80 por ciento de los niños sufrieron castigo corporal en la escuela, en comparación con el 67 por ciento de las niñas. Un cuarto de todos ellos informaron haber sufrido lesiones a consecuencia de ello. (7)
A menudo, la discriminación por género se refleja en la ley. En Singapur, el castigo corporal de niños es legal, mientras que en el caso de las niñas es ilegal. (8)

Además, los estereotipos de género no sólo influyen en la manera en que las maestras y los maestros tratan a sus estudiantes, sino que también influyen en la manera en que actúan. Una investigación en África subsahariana sugiere que las maestras a menudo llaman a los maestros para que se encarguen del castigo corporal de sus estudiantes, mientras que para controlar a sus estudiantes, ellas tienden a emplear el abuso emocional y un lenguaje de tipo ofensivo. De ese modo, se reafirman los patrones de género de disciplina y comunicación. (12)

Sudán

Un día, después de la escuela, mis compañeros de cuarto grado y yo decidimos nadar en el canal. Lamentablemente, mientras estábamos jugando en el agua, el director nos vio. Estaba aterrado y esa noche apenas pude dormir. Cuando logré quedarme dormido, soñé que el director me azotaba en el patio de la escuela en frente de todos. Mi pesadilla se volvió en realidad cuando el director nos llamó por nuestros nombres y nos azotaron diez veces a cada uno con un látigo de cuero. Mi amigo dejó la escuela a causa de ello y viajó a la capital, donde ahora trabaja en un restaurante. Ese día estaba muy enojado, y ahora está frustrado con su situación actual.
Niño de 13 años

El castigo corporal está generalizado en las escuelas africanas. Golpear a los y las estudiantes va contra la ley en tan sólo 21 de los 54 países de esta región. (8)

Una investigación realizada en Benín, donde el castigo corporal es legal, encontró que el 41 por ciento de los maestros y el 79 por ciento de los estudiantes reportaron la presencia del castigo corporal en sus escuelas. (5)

En 14 de los 19 países Latinoamericanos, no hay ley que se oponga a que los maestros golpeen a sus estudiantes. (8) La consulta regional de UNVAC en América Latina identificó que el castigo físico está ampliamente permitido y que por lo general, no se denuncia. En algunos países, se informa que este problema afecta a diario a un importante número de niños y niñas. (13)

En Guyana, un estudio de 1.200 niños y niñas entre 9 y 17 años en 24 escuelas descubrió que más de la mitad (56 por ciento) informó haber sido golpeado por sus maestros con ramas de árboles, pedazos de madera, reglas, tiras de metal y partes del mobiliario escolar. Otros tipos de castigos reportados por estos niños y niñas incluyen arrodillarse (18 por ciento); ser sacudidos (20 por ciento); recibir bofetadas (26 por ciento). Más de un cuarto (26 por ciento) informó haber sufrido lesiones a consecuencia de la violencia de los maestros. (14)

En Perú, un estudio de más de 2.000 niños y niñas de escuelas privadas y públicas mostró que el 13 por ciento de ellos había sido víctima de agresiones físicas. Un 59,3 por ciento informó que se les castigaba con cinturones, varas y cuerdas, y un 40 por ciento mencionó golpes, pellizcos y empujones. (15)

En Brasil, el 84 por ciento de 12.000 estudiantes (de 143 escuelas en seis estados) reportó que sus escuelas eran violentas. Casi el 70 por ciento de ellos, afirmó haber sido víctima de violencia escolar. (16)
En Asia, 14 países tienen una prohibición total del castigo corporal en escuelas, tres tienen una prohibición parcial, pero 16 no tienen ninguna restricción. (8)

El castigo corporal es ampliamente practicado en instituciones educativas en Pakistán: en al menos el 40 por ciento de las escuelas públicas y el 35 por ciento de las escuelas privadas, así como también en escuelas religiosas. (17) El uso del castigo corporal para disciplinar a los niños y las niñas no sólo está profundamente arraigado en las escuelas y en las actitudes sociales, sino que también tiene sanciones legales. La sección 89 del código penal 1860 (Nº XLV) autoriza a los padres y las madres, a los maestros y a otros tutores a usar castigo corporal moderado para corregir la conducta de los niños y las niñas menores de 12 años. (5)

Entre los países desarrollados, el castigo corporal es legal en Francia, Corea y en varios estados de Australia y los Estados Unidos. (5) Teniendo en cuenta incluso las prisiones, los hospitales psiquiátricos y el ejército, la escuela es la única institución en los Estados Unidos en que el uso de la violencia sigue siendo legal. (6)

En algunos países, la ley limita la intensidad del castigo corporal. En Singapur, por ejemplo, sólo el director o una persona autorizada pueden golpear a los y las estudiantes. Sin embargo, sólo pueden golpearlos en las palmas de las manos o en los glúteos cubiertos por ropa. Esto fue confirmado por un documento oficial del Ministerio de Educación que indica que no se debe golpear con una vara si un maestro está emocionalmente molesto. (8)

Sin embargo, los límites legales no siempre se hacen cumplir. Además, las escuelas generalmente carecen de políticas y normas disciplinarias que eviten el empleo de la violencia, lo que permite que cada maestro imponga sus propias normas. (12) La consulta regional en África Occidental y Central de UNVAC enfatizó que “dentro del aula, el maestro es la única persona a cargo y por lo tanto, es libre de decidir la forma en que impondrá la disciplina”. (18)

Camerún

Cuando comenzó el año escolar, mi padre no pudo comprar mis artículos escolares. Como no tenía mis libros y cuadernos, me golpearon en frente de los demás y me suspendieron de la escuela durante una semana. Sentí mucha vergüenza y pensé en abandonar la escuela.
Niña, 10 años

La Convención sobre los derechos del niño, que ha sido ratificada por todos los países del mundo, excepto los Estados Unidos y Somalia, exige que los estados protejan a los niños y las niñas de todas las formas de violencia física y mental. (7)

Sin embargo, sólo 23 países han declarado la prohibición del castigo corporal en todos los contextos (incluído el hogar). La mayoría de dichos países se encuentran en Europa, pero los niños y las niñas en Costa Rica, Uruguay, Venezuela, Israel y Nueva Zelanda también están protegidos por ley en contra de todo tipo de castigo corporal. (8)
El uso del castigo corporal en el hogar puede afectar indirectamente el nivel de violencia en la escuela, ya que los niños y las niñas aprenden que la violencia es un estilo de negociación aceptable. (19)


Promover la disciplina positiva

Plan, en estrecha colaboración con el Servicio de Educación de Ghana, capacitó e influenció la puesta en marcha del código de ética y métodos de enseñanza de los maestros a nivel nacional. Adicionalmente, ambos contribuyeron en la implementación de un sistema de monitoreo de métodos disciplinarios no violentos en 184 comunidades.

Como resultado de este proyecto, más de 5.500 personas en el sur de Ghana están ahora familiarizadas con los derechos básicos de los niños y las niñas, en especial con aquellos relacionados con la prevención de la violencia escolar. Hasta la fecha, las actividades han contado con la participación de más de 10,800 niños y niñas.


Causas del castigo corporal

Las justificaciones del castigo corporal son tanto diversas como complejas. Entre ellas, la tradición y en menor medida, la religión, son las más utilizadas. (20) En algunos países, golpear a un niño o una niña se considera un derecho de los padres y maestros. Otros, defienden el supuesto impacto positivo en la conducta de los niños y las niñas.

Sin embargo, el castigo corporal tiende a promover que los niños y las niñas actúen de forma violenta antes que a mejorar su conducta. Tampoco existe evidencia que pruebe que el castigo corporal mejore el desempeño académico. La revisión sistemática encagada por Plan al Observatorio Internacional de la Violencia Escolar, no detectó “ningún trabajo serio que defienda el castigo corporal en la escuela’’. (21)

Los indicadores de delincuencia y seguridad en las escuelas del Centre for Effective Discipline (22) demuestra lo errado del argumento que sin castigo corporal, los estudiantes son más perezosos. En los Estados Unidos, el 64 por ciento de los estados que permiten el castigo corporal tienen un desempeño académico por debajo del promedio nacional. (23)

En lugar de la eficacia académica, el castigo corporal es mantenido en nombre de la tradición, la religión y el apoyo de padres y maestros.
La consulta regional en África Occidental y Central de UNVAC detectó que en un importante número de países (incluídos la Republica Centroafricana, Gambia, Mali, Nigeria y Senegal) se reconoce abiertamente el derecho de los padres o maestros de darle una paliza a los niños y las niñas. (18)

Una encuesta de opinión en los Estados Unidos mostró que uno de cada cuatro participantes, pensaba que los maestros de escuelas primarias deberían infligir castigos corporales a sus alumnos. (6) En una encuesta realizada por la Asociación de Padres y Maestros de Todo Japón, sólo un cuarto de los participantes afirmaron que un maestro nunca debe administrar castigo corporal. (24)

En América Latina, la violencia frecuentemente es aceptada como una forma de vida y como una fase inofensiva por la que niños y niñas deben atravezar para ser resilientes. Algunos padres explícitamente autorizan a los maestros para que golpeen a sus hijos e hijas si se portan mal. En otros casos, las autoridades de las escuelas hacen poco para reconocer o abordar el problema de la violencia. (5)
Incluso en los lugares en que el castigo corporal es ilegal o limitado por la ley, su aceptación cultural frecuentemente impide una adecuada aplicación de la ley.

El trabajo de Plan en India

Detener el castigo corporal
Una investigación sobre el castigo corporal, que contó con la participación de más de 1.500 niños y niñas en 41 escuelas, destacó la necesidad de tomar medidas urgentes. El estudio encontró una fuerte asociación entre la violencia en las escuelas con las altas tasas de deserción escolar; problemas de autoestima y de personalidad entre las y los alumnos.

Con el objetivo de promover la defensa de sus derechos ante el castigo corporal, Plan contó con la participación de niños y niñas en el diseño de una versión del mismo estudio que sea comprensible por sus pares. En la actualidad, Plan viene trabajando con organizaciones de base en la creación de ambientes positivos para niños y niñas de 170 escuelas, y con representantes de sus gobiernos locales para extender esta iniciativa.

Los más importantes funcionarios de educación del Ministerio de Desarrollo de Recursos Humanos han solicitado recientemente a todos los estados y territorios de la unión modificar de manera urgente sus leyes y normas de manera que los maestros y funcionarios de administración escolar que lastimen a niños y niñas sean sancionados. Si bien el castigo corporal en las escuelas fue prohibido en las políticas nacionales en 1986, aún no ha tenido lugar su consistente y masiva implementación a través de políticas federales, leyes y políticas escolares.

En muchos países, la tasa de denuncias por maltrato de parte de autoridades escolares es baja y raramente se responsabiliza a los autores. (25)
Es una paradoja y una violación de los derechos humanos que las personas más pequeñas y vulnerables tengan menos protección contra la agresión que los adultos. (11) El castigo corporal de niños y niñas viola sus derechos humanos fundamentales, como son el respeto a la dignidad humana e integridad física. En la gran mayoría de países, la legalidad del castigo corporal contradice el derecho universal de una protección equitativa.

En el Reino Unido, si bien el castigo corporal está prohibido en las escuelas, aquellas personas que gozan de responsabilidad parental cuentan con el apoyo legal de realizar “reprimendas razonables”. (26) De acuerdo con la Sociedad Británica para la Prevención de la Crueldad contra los Niños y las Niñas (NSPCC por sus siglas en Inglés), “el actual marco legal, que data de 1860, no protege a niños y niñas de la fuerza física. Tampoco precisa que el castigo físico es una práctica inaceptable para una sociedad moderna”. (27)

En países en que es legal el castigo corporal en las escuelas, o en que sus leyes no se aplican estrictamente, el castigo corporal depende de una serie de factores como la disponibilidad de recursos; el estrés y la capacitación de los maestros; y el número de alumnos. (8)

A pesar de su relevancia a mediano y largo plazo, la iniciativa internacional que lleva por nombre Educación Para Todos (EPT) ha desafiado los sistemas educativos en todo el mundo. El enfoque en la cantidad (el número de niños y niñas matriculados) en lugar de la calidad, ha provocado que muchos maestros tengan que mantener la disciplina aunque el número de estudiantes se haya multiplicado.

En algunos casos, esto ha traído consigo la desafortunada consecuencia de multiplicar la violencia en la escuela. (5)
Por ejemplo, cuando Kenia comenzó a promover la gratuidad de la educación primaria en 2003, se inscribieron más de millón y medio de nuevos estudiantes. Debido a ello, el tamaño promedio de clase pasó de 40 a 120 alumnos, lo que desafió la capacidad de los maestros para mantener la disciplina a través de métodos positivos.28 Esto no sólo puede reforzar la dependencia de los maestros a emplear el castigo físico, sino que también crea el riesgo de disminuir su capacidad de intervención en caso se desate la violencia entre sus estudiantes.

Los informes de EPT de 2007 muestran que 41 países, muchos de ellos en América Latina y el sudoeste de Asia, han reducido la proporción de ingreso nacional destinado a la educación.29 De acuerdo con el Overseas Development Institute, los debates públicos sobre la educación tienden a centrarse en problemas básicos de infraestructura, como los edificios de las escuelas, la falta de materiales de educación, mayores proporciones entre maestros y alumnos y los altos costos de las tarifas escolares. (5)

Estos problemas se concentran en países en los que los maestros tienen una capacitación insuficiente y poca motivación. En Ecuador, muchos maestros afrontan sueldos bajos y una inadecuada capacitación en técnicas de disciplina positiva. Como resultado, generalmente recurren a métodos de control tanto punitivos como físicamente violentos. (30)

En Asia, la aceptación del castigo corporal en las escuelas y el hogar es parte de un mayor problema de violencia. El mismo que incluye el hostigamiento escolar, la violencia sexual, la violencia en contra de las mujeres y niñas en los hogares y en la comunidad, y la discriminación en contra de diferentes grupos minoritarios. Al actuar violentamente, los adultos refuerzan en los niños y las niñas el mensaje que la violencia es aceptable. Esta situación perpetúa la transmisión intergeneracional de violencia, y por lo tanto, refuerza la violencia entre niños y niñas. (5)

Paraguay

Los castigos de nuestra directora son muy severos. Nos hace arrodillarnos sobre pequeñas piedras o tapas roscas por más de 20 minutos, también nos tira de las orejas.
Niña, 8 años

Consecuencias del castigo corporal

A corto plazo, el castigo corporal tiene como resultado lesiones físicas o incluso la muerte. (31) A largo plazo, estimula el desarrollo de la conducta violenta. (5) El castigo corporal se asocia con agresión a los cónyuges, depresión, consumo de alcohol en niveles problemáticos y menores logros educativos, ocupacionales y económicos. (8, 20, 32, 33)

A largo plazo, existen dos efectos bastante serios asociados al castigo corporal. En primer lugar, los niños y las niñas que enfrentan el castigo corporal en la escuela tienen más probabilidades de dejar de estudiar, perjudicando con ello su futuro.

Un estudio en Nepal, donde el castigo corporal es rutinario, detectó que un 14 por ciento de las deserciones escolares pueden atribuirse al temor a los maestros. (34)

Incluso cuando los niños y las niñas permanecen en la escuela, el temor de recibir golpes perjudica su educación. Los estudiantes en Belice explicaron que sus padres y maestros les decían que los castigaban por amor, y esto llevó a muchos a creer que era correcto que les administraran castigos corporales. Si bien los y las estudiantes manifestaron la necesidad de sentirse amados, indicaron que no pueden aprender cuando están bajo la amenaza de recibir un golpe. (5)

En segundo lugar, el castigo corporal generalmente provoca daños psicológicos a los niños y las niñas. Al pedirle a un grupo de niñas y niños brasileros (entre siete y nueve años de edad) que describiera su experiencia de castigo corporal, mencionaron que el dolor no siempre es físico. Los niños y las niñas entrevistadas describieron un “dolor en el corazón”, una especie de “dolor interior”. (35)

El significado de una protección equitativa

De la misma forma en que las agresiones en contra de adultos están penalizadas, la protección equitativa promueve penalizar las agresiones en contra de niños y niñas. En términos sencillos, penalizar el castigo corporal significa volverlo ilegal.
Los derechos de respeto a la dignid

d humana, integridad física y protección equitativa requieren que la ley proteja a niños y niñas de manera eficaz y justa ante cualquier tipo de castigo corporal y humillante.

Este daño psicológico puede provocar depresión, sentimientos de abandono y puede incluso conducir al suicidio. (36, 37) Al mismo tiempo, los niños y las niñas que son castigados físicamente, son menos altruistas o tienen menos empatía hacia otros. (8) Son más propensos a comportarse violentamente, y más adelante, a emplear el castigo corporal con sus propios hijos. Con lo que perpetúan la violencia. (38)

Etiopía

Cuando se les preguntó sobre los efectos del castigo corporal, los niños y las niñas indicaron personalidad perturbada, lesiones físicas, muerte, huir a las calles y suicidio.
Niñas, 13 y 14 años

Una de las conclusiones más impactantes de la investigación es una fuerte correlación entre el castigo corporal y los delitos en la escuela, lo que demuestra que los asesinatos cometidos en escuelas de los Estados Unidos son significativamente más frecuentes en los estados que sí autorizan el castigo corporal que en los que no. (37, 39) La asociación entre el castigo corporal y el maltrato físico quedó confirmada a través de un detallado análisis de 88 estudios de todo el mundo. (6)

Por lo tanto, terminar con el castigo corporal en las escuelas no es sólo un asunto de los derechos humanos básicos, sino también una estrategia fundamental para reducir el nivel de violencia en las sociedades.

España

Si me golpean, yo aprendo a golpear.
Niña, 12 años

Mejora de las leyes y políticas

La protección eficaz contra el castigo corporal requiere una declaración clara y sin ambigüedades en la legislación. De otro modo, persiste la idea que infligir dolor en nombre de la disciplina no sólo es aceptable ni normal, sino que es por el bien del niño o niña. (8)

La agresión en contra de adultos es un delito penal en todos los países, pero en muchos otros, la ley le otorga a los padres de familia y a quienes actúan en su lugar (como los maestros, por ejemplo), el derecho a emplear un “castigo razonable”. En ciertas circunstancias, esto significa que los adultos tienen el derecho de agredir a niños y niñas en nombre de la disciplina. (8)

En algunos países, particularmente en aquellos que siguen el sistema de derecho consuetudinario, el derecho a usar el castigo corporal “razonable” no aparece en la legislación. En su lugar, se ha establecido a través de la jurisprudencia, y los demandados son absueltos de la agresión a niños y niñas debido a que la naturaleza del ataque es considerado como parte razonable de su crianza. (8) En aquellos lugares en que se permite el castigo “razonable” o “moderado”, los tribunales son quienes deciden qué es aceptable y que no. Esta ambigüedad promueve una inevitable confusión, de donde se concluye que cierto nivel de violencia es aceptable. (8)

En algunos países que reconocen la incompatibilidad de todo tipo de castigo corporal por parte de padres y maestros con las obligaciones internacionales de los estados (como la Convención sobre los derechos del niño), las decisiones de sus tribunales de justicia han sido bienvenidas. Sin embargo, dichas decisiones pueden ser revertidas. Sea como fuera, los tribunales de justicia no logran sustituir a una legislación clara que prohíba el castigo corporal. (8)

En otros lugares, tanto las leyes como la jurisprudencia guardan silencio con respecto al castigo corporal, pero existe una aceptación tradicional del “derecho” de los padres y otras personas de usarlo. (8) Esto significa que mientras las leyes sobre agresión aparentan no hacer distinciones entre adultos y niños y niñas, se asume que es legal golpear a éstos últimos en nombre de la disciplina. (8) En dichos países, la prohibición sólo se puede lograr a través de su estipulación explícita en las leyes. La misma que debe aplicarse en casa, las escuelas, los sistemas penitenciarios y en las leyes y los reglamentos que rigen en todos los entornos de cuidado alternativo. (8)


 

 

 

El trabajo de Plan en Vietnam

Reducción del castigo físico y emocional

Como parte de este proyecto, niños y niñas emplearon al teatro con el objetivo de promover la toma de conciencia y expresar sus opiniones sobre este tipo de castigo. Al hacerlo, se mostró un importante diálogo con aquellas personas responsables de elaborar políticas públicas, tanto a nivel comunitario como nacional. 300 participantes que incluyen autoridades distritales del sector educativo, como también directores, niños, niñas, madres y padres contribuyeron en la decisión de formular un código escolar. Debido a los resultados, el Departamento de Educación y Capacitación del Distrito organizó un taller en el que se incluyeron los siguientes temas: códigos escolares desarrollados en provincias cubiertas por el proyecto; opiniones de niños y niñas acerca de este tipo de violencia escolar; presentaciones sobre casos graves ocurridos a nivel nacional; y un análisis de la actual legislación escolar.

A lo largo del proyecto, los niños y las niñas produjeron numerosos cortometrajes y programas radiales, y publicaron artículos y fotografías en los boletines nacionales y provinciales. Se produjeron folletos informativos sobre la violencia para su distribución en las escuelas de todo el país.


Violencia sexual

Definición de violencia sexual

El estudio de UNVAC define a la violencia sexual hacia niños y niñas como cualquier tipo de actividad sexual perpretada en su contra, especialmente si se trata de un adulto que abusa de su posición de poder. (150)

He estado muy perturbada emocionalmente, muy estresada. Me esfuerzo por olvidar cómo ocurrió, pero no puedo. Simplemente no puedo olvidarlo. Es como si estuviera a punto de ocurrir de nuevo, como si ocurriera ahora. Recuerdo cada detalle.
Niña, 15 años, Zambia, abusada sexualmente por su maestro.

La magnitud del problema

El número de niños y niñas en el mundo que han sido afectados por la violencia sexual es alarmante. La Organización Mundial de la Salud estimó en el año 2002 que 150 millones de niñas y 73 millones de niños menores de 18 años han sufrido violaciones u otras formas de abuso sexual. (31)

Actualmente, no hay estimaciones confiables de cuántos de estos abusos se producen en las escuelas o sus alrededores. Esto se debe en gran parte a la vergüenza que sienten las víctimas. Al mismo tiempo, se debe a la frecuentemente justificada falta de confianza en el sistema, porque sólo en contadas oportunidades el abusador resulta ser juzgado y castigado. Además, falta profundizar la investigación de este serio problema. (5)

La evidencia muestra que quienes incurren en este tipo particular de violencia son por lo general personas cercanas al niño o la niña (por ejemplo, parientes, maestros y pares) y que el abuso sexual en la escuela es un problema grave en muchos países y regiones. (5)

A diferencia de lo que ocurre con el castigo corporal, las niñas tienen un mayor riesgo de experimentar violencia sexual. (5) En muchas escuelas, las niñas enfrentan amenazas de violencia sexual por partida doble: por parte de sus maestros y de sus compañeros de estudios. (41) Los estudios demuestran que las probabilidades de que las niñas sufran abusos en el camino hacia o desde la escuela, dentro o cerca de los baños, en aulas vacías, bibliotecas, dormitorios o cerca del perímetro de la escuela son notablemente mayores a que esto ocurra en lugares transitados. (41)

Una investigación en Uganda identificó que el 8 por ciento de estudiantes entre 16 y 17 años de edad había tenido sexo con sus maestros, y que el 12 por ciento con personal auxiliar. (6) En Sudáfrica, un estudio identificó que los maestros de escuela eran culpables de un tercio de las violaciones de niños y niñas. (42)

En Zambia, un tercio de los estudiantes de 13 a 15 años informó que se les obligó a tener relaciones sexuales (43) y prácticamente un cuarto de los niños y las niñas de Malawi reportó temer ser víctima de ataques mientras camina hacia la escuela, y un tercio tener miedo de lugares específicos dentro de la escuela. (25)

Similarmente, se han documentado altos niveles de agresión sexual por parte de niños y maestros hacia alumnas en Botswana, Ghana, Malawi y Zimbabwe (44, 45) y en general, en los países sub-saharianos.
En numerosos estudios se ha detectado que algunos maestros se aprovechan de las ventajas de su género, edad y posición para ofrecerles a sus alumnas buenas calificaciones a cambio de sexo. (5, 7) De hecho, el abuso sexual parece haberse generalizado e institucionalizado en muchos países de África. Dichos abusos se perciben comúnmente como una parte inevitable de la vida escolar y las autoridades de educación, a menudo se muestran reacias a enfrentar el problema y llevar a los abusadores ante la justicia. (46)

La consulta regional de UNVAC en África occidental y central identificó que los maestros justificaron la explotación sexual de las estudiantes, diciendo que sus ropas y conductas eran provocativas, y que los maestros estaban lejos de casa y tenían necesidades sexuales. (7)

Si bien la evidencia sobre la magnitud del abuso sexual en las escuelas de América Latina es más limitada que en Africa, la existente sugiere que dicha violencia ocurre frecuentemente.
Un estudio de mujeres adolescentes ecuatorianas víctimas de violencia sexual, descubrió que más de un tercio (36,9 por ciento) de ellas, identificó a los maestros como los abusadores. (47)

Un estudio del Banco Mundial en el mismo país descubrió que una de cada cinco adolescentes había sido víctimas de abuso sexual en la escuela. (48) La consulta en América Latina de UNVAC detectó que las niñas en República Dominicana, Honduras, Guatemala, México, Nicaragua y Panamá experimentan coerción sexual de parte de sus maestros, algunas veces con amenazas que sus calificaciones se verán afectadas si no aceptan sus demandas. (13)
La evidencia que existe sobre el tema en Asia también es limitada. (5) Pero nuevamente, la evidencia existente muestra cuán perturbador es el problema.
El Centro de Protección Infantil y de la Familia en Tailandia, parte del Ministerio de Educación, afirma que cada semana al menos un maestro abusa sexualmente de un estudiante. (17)

El trabajo de Plan en Kenia

Líneas gratuitas que ofrecen soporte emocional a niños y niñas
Este tipo de números telefónicos permiten que niños, niñas y adolescentes soliciten apoyo en situaciones preventivas o de emergencia. Además, brindan información básica, vinculan a niños y niñas con servicios de rescate, y brindan ayuda al contactarse con servicios de bienestar.

Gracias al trabajo en conjunto de Plan y Childline, en marzo de 2008 el Gobierno de Kenia estableció una línea telefónica gratuita que las 24 horas del día ofrece soporte emocional a niños y niñas. La línea 116 brinda servicios de prevención y apoyo a través de derivaciones y servicios de extensión escolar. El Departamento de Servicios de los Niños proporciona personal para realizar operaciones de rescate y de ser necesario, la preparación de casos de niños y niñas en procedimientos judiciales.

El nuevo número de tres dígitos es fácil de recordar, gratuito y accesible para cualquier tecnología telefónica. En la actualidad, 116 es un número de emergencia nacional en Kenia.

En el sur de Asia, se ha informado de casos de secuestros y trata de niños y niñas camino a la escuela. Al mismo tiempo, se sabe que la violencia sexual es empleada como una forma extrema de hostigamiento escolar o incluso como método disciplinario. Una encuesta en Indonesia también reveló altos índices de violencia sexual y psicológica en las escuelas. (5)

Una gran proporción de la investigación sobre violencia sexual en esta región se centra en la universidad. De hecho, se informa que la violencia sexual, acoso, abuso verbal y hostigamiento sexual son bastante comunes en los campus universitarios de toda Asia.

Sin embargo, también hay evidencia de abuso en las escuelas. Una encuesta de Nepal reportada por UNVAC reveló que el 14 por ciento de los niños y las niñas que contestaron había experimentado manoseos y besos, y que 15 por ciento de ellos había experimentado esto en la escuela. (17) En la misma encuesta, del 9 por ciento de los niños y las niñas que habían experimentado las formas más graves de abuso sexual, como sexo oral o penetración, 17,5 por ciento señaló que éstas habían ocurrido en la escuela.

Aunque las medidas preventivas son mayores en los países integrantes de la OECD, la evidencia sobre violencia sexual en las escuelas muestra que se trata de un problema mundial.
Un estudio en Holanda reveló que el 27 por ciento de los estudiantes informó ser acosado sexualmente por el personal de su escuela. El mismo estudio descubrió que los problemas psicológicos son más severos entre aquellos que fueron abusados por adultos que por sus pares. (49)

Un estudio en Suecia indicó que el acoso sexual en las escuelas se reconoce como un problema clave de salud pública para las niñas. Los autores descubrieron que de las estudiantes entre 17 y 18 años entrevistadas, el 49 por ciento consideraba que el acoso sexual en las escuelas es un problema importante. (50)

De acuerdo con la organización Collectif Féministe Contre le Viol, el 3,3 por ciento de todos los ataques sexuales en Francia ocurre dentro del entorno escolar. (6)
Una encuesta nacional Suiza informó que entre el 7 y el 20 por ciento de las participantes declaró haber sido víctimas de este tipo de violencia al menos una vez en la vida. (51)
De acuerdo con una encuesta escolar en España, cerca del dos por ciento declaró haber sido víctima de acoso sexual y un cuarto de ellos se declararon agresores. (52)

Un estudio irlandés que contó con la participación de más de 3.000 alumnos, reportó que 30 alumnos declararon haber sufrido acoso sexual. (53) De acuerdo a datos publicados en 2005, el 6,2 por ciento de los estudiantes había sufrido abuso sexual en Alemania y el 1,1 por ciento en Bélgica. (46) En Canadá, una de cada cuatro niñas encuestadas señaló haber experimentado acoso sexual en la escuela. (54)

Ghana

Envió a alguien a buscarme y cuando llegué a su oficina, me dijo “te he criado desde el inicio de primaria. Ahora te ves especial y quiero caminar contigo”. Prometió darme dinero si aceptaba su propuesta. Me pidió que fuera a dejar sus libros a casa después de la escuela. Cuando entré a su casa me arrastró hacia su habitación y me empujó a la cama y me susurró “me hyew wo” (te encenderé) en el oído. Me manoseó, pero grité y me dejó ir.
Alumna

Causas de la violencia sexual

Las causas de violencia sexual varían en gran parte entre un país y otro y entre una escuela y otra. Sin embargo, la conducta de los maestros y los estereotipos de géneros tradicionales son factores clave.
El abuso sexual de niños y niñas es ilegal en todos menos en uno de los 66 países donde trabaja Plan: la excepción es Pakistán. (5)

Independiente al marco legal, la conducta de los maestros puede reforzar prácticas y actitudes de género estereotipadas. Del mismo modo, al no informar ni responder seriamente a las quejas de abuso sexual, los maestros y las autoridades escolares expresan un mensaje de tolerancia a este tipo de violencia. (5)

Las víctimas a menudo son reacias a denunciar la violencia y el abuso sexual debido a que les preocupa ser estigmatizadas. Además, no confían en que las escuelas tomarán medidas al respecto y al mismo tiempo, temen las represalias de los maestros. (5) Igualmente problemático es el hecho que pocos abusadores son juzgados y penados por la ley. (56) Adicionalmente, a menudo los maestros se muestran reacios a denunciar a sus colegas y, en algunos contextos, las autoridades escolares e incluso los padres no necesariamente desaprueban las relaciones sexuales entre alumnos y maestros. (44)

Las niñas de sociedades en las que las mujeres tienen una condición inferior o más pasiva (y donde ocurren prácticas como el infanticidio, la circuncisión genital femenina y los asesinatos por motivos de honor) tienen mayor probabilidad de sufrir violencia sexual en las escuelas. (5)

A menos que los maestros hayan sido sensibilizados y capacitados en la promoción de la equidad de género, podrían modelar comportamientos no sólo injustos sino también violentos. Por ejemplo, una encuesta Sudafricana reveló que el 47 por ciento de las maestras de un proyecto piloto había sufrido abuso físico por parte de una pareja íntima, y el 25 por ciento de los maestros admitió que había abusado físicamente de una pareja íntima. (57)

Otra preocupación clave se relaciona con el riesgo de violencia en el trayecto a la escuela. La investigación de UNVAC sugiere que mientras mayor es la distancia entre la casa y la escuela, mayor es la probabilidad de verse expuestas al abuso sexual. (7)

La creencia popular Africana que el SIDA puede curarse al tener relaciones sexuales con una virgen, ha derivado en el abuso de estudiantes con discapacidades. Posibles explicaciones apuntan a que erróneamente, se les percibe como víctimas fáciles y que son sexualmente inactivos. (58) Estudios conducidos por la Federación de Personas con Discapacidades de África del Sur sugieren que esta práctica se ha extendido rápidamente. (59) La Encuesta mundial sobre VIH y discapacidad indicó que las personas con discapacidades tienen un riesgo considerablemente mayor de sufrir violencia física, abuso sexual y violación. Sin embargo, que tienen poco o nulo acceso a la policía o a sistemas legales de protección, y aún menos acceso a intervenciones médicas y consejería. (60)

En América Latina, la violencia sexual contra las niñas tiende a permanecer como un delito silencioso debido al estigma que se asocia a la pérdida de la virginidad temprana, lo que a menudo incluye: la expulsión de la escuela a niñas que se embarazan; discriminación contra las personas que viven con VIH; y falta de confianza en que el sistema judicial protegerá los derechos de ciudadanos comunes. (5)

Del mismo modo, “dentro del contexto de silencio y vergüenza que rodea la transmisión del VIH, el temor al estigma, la discriminación y posible violencia puede conducir a niños y niñas afectadas por este virus a que se retiren de la escuela o que sean marginados debido al hostigamiento escolar, como se informó en Bolivia, El Salvador y Haití”. (61)

La falta de políticas y procedimientos para abordar el abuso sexual es común en países de América Latina. Por ejemplo, hasta el año pasado, los maestros acusados de abuso sexual en una comunidad Peruana obtenían trabajo en otras zonas del interior del país debido a la falta de un sistema centralizado de información de dichos delitos. (61)
En el sur y el sudeste Asiático islámico, los conceptos de honor familiar, pureza sexual y vergüenza hacen que las niñas casi no denuncien la violencia sexual por culpa o temor a que se les reproche. En algunas partes del sur de Asia, la violación es percibida antes que nada como una ofensa en contra del honor de los varones de la familia. (5)
Un informe advierte que “en India, los incidentes que no sean violaciones son desestimados con el empleo del término ‘eve-teasing’ [un eufemismo para acoso sexual]…Aunque no las afecte físicamente, ‘eve-teasing’ degrada a las niñas y mujeres. Sin embargo, los hombres lo consideran como algo ‘ligero’ y ‘divertido’, mientras que para las mujeres es una violación”. (63)

Evidencia anecdótica también sugiere que en India, los estudiantes que asisten a ‘escuelas puente’ (generalmente escuelas residenciales que ayudan a niños y niñas trabajadores a realizar su transición hacia la escuela) son vulnerables al acoso sexual y otras formas de violencia. (64, 65)

El estudio de UNVAC informa que entre los años 2002 y 2003, el ministro de estado para asuntos religiosos de Pakistán registró más de 2.500 quejas de abuso sexual por parte de clérigos de escuelas religiosas. Sin embargo, esto no tuvo por desenlace juicios satisfactorios para quienes fueron afectados por este tipo de violencia. (5)

En todo el Sudeste Asiático, la implementación y el cumplimiento de las leyes existentes que protegen a niños y niñas a menudo son débiles. Aunque muchos países asiáticos han contado con la contribución de organizaciones no gubernamentales (ONG), aún queda mucho por conocer del impacto de este tipo de abuso en el bienestar infantil tanto en el corto como largo plazo. (5)

En Asia, el hecho que un país presente un alto nivel de trata de mujeres y niñas, o un alto nivel de turismo sexual, condiciona la existencia de un enfoque público y de políticas vinculadas al acoso y la violencia sexual. Sin embargo, aunque el tráfico y el turismo sexual pueden afectar a los escolares, estos problemas no son percibidos como de competencia de las escuelas. (5)

Es importante tener en cuenta a las nuevas tecnologías. Investigaciones conducidas en Vietnam muestran el aumento del abuso sexual a través del uso de la Internet (como cuando se crean identidades y redes sociales en línea, las cuales permiten que los adultos obtengan la confianza de los niños y las niñas, para posteriormente manipularlos y abusar de ellos). (66)

El trabajo de Plan en Holanda

El poder del asocio
En representación de las siete organizaciones de derechos del niño en Holanda, Plan firmó un acuerdo con el Ministerio Holandés de Cooperación para el Desarrollo Internacional. Esto compromete a todas las partes a reducir la violencia contra los niños en el mundo.

Además, se ha creado un Grupo de trabajo para la violencia contra los niños. El mismo que incluye a organizaciones no gubernamentales, académicos y el Ministerio de Cooperación para el Desarrollo, con el fin de respaldar el trabajo de los integrantes al implementar las recomendaciones de UNVAC.

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha aceptado respaldar el diseño y la implementación de las pautas de la Unión Europea para los derechos de los niños y las niñas, con un enfoque específico en la violencia.

El año pasado y como resultado de la campaña realizada por Plan y otras organizaciones no gubernamentales, organizaciones de la Unión Europea y algunos gobiernos, la ONU votó a favor de la creación del cargo de Representante Especial para la Violencia Contra los Niños y las Niñas. Más de 23,000 holandeses firmaron una petición diseñada por el Consejo de Jóvenes de Plan Holanda, en el que se pedía la creación de dicho cargo.

Consecuencias de la violencia sexual

Los efectos de la violencia sexual en las escuelas son múltiples y se traslapan. Las víctimas sufren traumas físicos y psicológicos, y están en riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH. (67) Las niñas también pueden enfrentar las consecuencias de un embarazo no deseado, tales como abortos inseguros, estigma social y la obligación de tener que dejar la escuela. (7)

El acoso y la violencia sexual forman una barrera importante para el acceso de las niñas y mujeres jóvenes a la educación y su capacidad de beneficiarse de ella. Este es un factor crítico en la decisión de los padres de mantener o no a sus hijas en la escuela. (68)

Incluso interviene en la decisión de las propias niñas de seguir asistiendo a la escuela. Y en caso de quedarse en ella, la violencia sexual afecta el rendimiento escolar. En cierta medida, el impacto de este factor se ve reflejado en los índices de matrícula de alumnas en secundaria. (69)

A largo plazo, las consecuencias físicas y psicológicas de violaciones y delitos afines pueden ser graves. (50)
Un estudio realizado en Australia informó sobre importantes asociaciones a largo plazo entre el abuso sexual experimentado en la infancia con problemas de salud mental, afecciones sexuales, violencia intrafamiliar y otros problemas en relaciones íntimas.

Muchas veces, niños y niñas se sienten incapaces de denunciar la violencia sexual por temor a las repercusiones negativas. En un esfuerzo por sobrellevar su experiencia, a menudo abusan del consumo de alcohol o drogas. (72, 73, 74) Otros posibles problemas incluyen depresión e incluso, convertirse en abusadores. (50)

Aquellos que sí denuncian los abusos, a menudo experimentan hostilidad. Esta situación puede forzarlos a cambiarse de escuela y, a veces, a dejarla. Sin embargo, los maestros o estudiantes acusados de abusar de ellos a menudo permanecen en el mismo lugar y sin afrontar consecuencia alguna. (75)

Actualmente, no hay estimaciones del número de personas que muere cada año como consecuencia del abuso sexual en las escuelas. Sin embargo, debido a la magnitud del problema y los riesgos que presentan las infecciones de transmisión sexual, los abortos ilegales y los problemas de salud mental, parece inevitable que una gran cantidad de niños y niñas fallece cada año producto de la violencia sexual en las escuelas.

Además, las actitudes hacia el SIDA provocan que los niños y las niñas que viven con VIH a menudo sufran discriminación social y económica. (5) Las personas que viven con VIH y sus familiares más cercanos, siguen siendo excluidas de trabajos, acceso a servicios, y a la vida comunitaria en general.

La alta prevalencia de VIH en África del Sur, ha aumentado la preocupación de las autoridades y las ONG por la vulnerabilidad de las niñas en el trayecto a la escuela. Que incluyen abuso sexual por parte de sus compañeros y maestros. (76)

Estados Unidos

Fui a ver a una psicóloga cuando tenía 14 años y le hablé sobre el abuso que había experimentado. Ella me dijo que al contarle a alguien lo que sufrí, hacía lo correcto. Recordé eso cuando mi comunidad se enteró de lo ocurrido. También lo recordé cuando me llamaron mentiroso, cuando golpearon mi cabeza contra los casilleros, cuando me jalaron el pelo y me escupieron. En ese momento tenía 15 años y amenacé con suicidarme. Cuando esto no me proporcionó la ayuda que necesitaba, intenté suicidarme durante el horario de clases. En ese entonces, estaba por cumplir los 16 años. La persona que abusó de mí sólo cumplió tres meses de condena por los 4 años y medio en que abusó de mi. En la actualidad, él ni siquiera está registrado como abusador sexual.
Jaime, sobreviviente de violencia sexual

Mejora de las leyes y políticas

Las leyes y las políticas suelen tener presente el hecho que la violencia sexual en las escuelas afecta de distinta forma a las niñas y los niños. Las buenas prácticas para abordar el problema incluyen: (5)

•• desarrollar y hacer cumplir los reglamentos contra la violencia de género, incluida la información sistemática de los delitos y la penalización de sus autores (77)

•• dar empleo a más maestras y trabajadoras sociales en escuelas, y garantizar que reciban una capacitación adecuada en prevención y respuesta a la violencia de género, de modo que puedan servir de modelos positivos y consejeras para las estudiantes (78)

•• desarrollar un plan de estudios de habilidades para la vida que incluyan la educación sexual y las inequidades de género, que con frecuencia ven en sus hogares o comunidades (63)

•• capacitar a líderes juveniles y educadores de pares para enfrentar la violencia escolar, y en especial facultar a niños, niñas y jóvenes para que hagan frente a la violencia y la denuncien (67)

•• desarrollar servicios de salud preventiva, que incluyan el diálogo comunitario al respecto y un sistema de capacitación que no sólo promueva la toma de consciencia sino también el reconocimiento de señales de advertencia y cómo intervenir apropiadamente (79)

•• capacitar a oficiales policiales para abordar delitos de violencia sexual y dar empleo a intermediarios judiciales, capacitados especialmente para apoyar a niños y niñas afectadas por la violencia sexual (78, 80)

Al enfrentar la violencia sexual en las escuelas, también es importante la participación de las diversas partes interesadas, incluidos líderes políticos y religiosos, y organizaciones comunitarias.

Uganda

Nuestros maestros tienen el deber de educarnos y no deben tocarnos donde no queremos, ni tampoco de pedirnos favores sexuales. Nos molestan sus insinuaciones sexuales. Si una persona que debe protegerme abusara de mí, me darían ganas de desaparecer de este mundo.
Niña, 15 años

En África, todos los países en los que trabaja Plan cuentan con una legislación que ofrece la protección general de niños y niñas contra la violencia sexual, principalmente a través de sus códigos penales. (5)

Sin embargo, es probable que el impacto de estas medidas legislativas se determine a través de los sistemas legales duales que caracterizan a muchos países africanos. Los reglamentos, las leyes y las normas consuetudinarias a menudo existen en conjunto con marcos judiciales modernos, y a nivel comunitario, a menudo dominan los primeros. Por consiguiente, toda estrategia legislativa o política debe prestar especial atención a las implicancias de leyes tradicionales y de quienes controlan su cumplimiento. (5)

No obstante, en una reciente resolución que marca un verdadero hito, el tribunal supremo de Zambia otorgó a una niña de 15 años el monto de US$13.000 después de haber sido violada por su maestro – quien además fue juzgado y penado. La niña presentó el caso después que otro maestro la instara a denunciar lo ocurrido. Sin embargo, en el proceso tuvo que soportar ataques personales y falsas acusaciones antes de ser respaldada por el tribunal de su país. (81)

Perú

[El maestro] la llevó a la oficina del director de la escuela. Se sentó, le quitó la ropa interior y le dijo “ya que eres menor de edad, sólo voy a tocarte”.
Madre de niña de escuela primaria violada por su maestro. (62)

Aunque sólo seis de los 12 países de América Latina en los que trabaja Plan tienen leyes que explícitamente protegen a los niños y las niñas contra de la violencia sexual en las escuelas, el resto tienen leyes genéricas que prohíben la violencia sexual contra los niños y las niñas. (5)

La falta de medidas legislativas para enfrentar la violencia basada en la escuela en América Latina y el Caribe se complementa con la poca prioridad que muchos gobiernos en la región le dan a la violencia sexual contra los niños y las niñas. (82) Esto se enfatiza por el hecho que sólo siete de los 16 estados del Caribe respondieron al Informe sobre la violencia contra los niños de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (7)

India

En nuestra aldea el maestro abusó sexualmente de una niña [de 13 años]. Asi que organizamos una reunión masiva, llevamos una petición a la estación de policía, y arrestaron al maestro.
Alumno (149)

En Asia, sólo Indonesia tiene una ley que prohíbe explícitamente la violencia sexual contra los niños y las niñas en el hogar, la escuela y otros establecimientos de cuidado alternativos. (5) Al mismo tiempo, la Coalición de organizaciones no gubernamentales de Indonesia ha notado deficiencias en las leyes de violaciones en ese país que no se han tratado adecuadamente en la ley de protección de los niños y las niñas. (83) Las niñas entre 12 y 16 años parecen estar excluidas de las leyes que penen la violación sexual; las sanciones por ambos delitos son bajas y el código penal no reconoce la vulnerabilidad de los niños frente a las violaciones y los abusos sexuales. (5)

Pakistán no cuenta con ninguna ley que prohíba directamente el abuso sexual o la explotación de los niños y las niñas, y no hay una definición clara de consentimiento sexual. Hasta hace poco, en que las ordenanzas Hudood islámicas fueron invalidadas, era prácticamente imposible que una niña o una mujer denunciara una violación o violencia sexual sin ser acusadas de zina (actividad sexual fuera del matrimonio). Las mujeres declaradas culpables de zina enfrentaban la prisión o azotes. Aún así, la mayoría de las niñas y mujeres en Pakistán aún no tiene ninguna protección legal contra las violaciones maritales. (5)

Un ejemplo de Filipinas muestra la complejidad del sistema legal que rodea la violencia sexual contra los niños y las niñas. La red de organizaciones no gubernamentales de niños y niñas informa que la ley de la república (RA) 7610 – también conocida como la ley de protección de niños y niñas, que adoptó Filipinas luego de ratificar la Convención sobre los derechos del niño en 1990 – brinda protección especial contra el abuso, la explotación y la discriminación de niños y niñas. (84) También brinda medios para que las personas denuncien los abusos a varios organismos oficiales, y estipula que los maestros y administradores de las escuelas, así como también los funcionarios médicos y diversos funcionarios públicos, deben denunciar dichos abusos. Para instar a que se denuncien dichos abusos, se han implementado diversas líneas de ayuda. (85)

Sin embargo, la RA 7610 es imprecisa ya que el abuso sexual a niños y niñas se incluye en la categoría de prostitución infantil. Debido a estas deficiencias, se hace difícil el procesamiento judicial conforme a esta ley. Además, si bien el código penal modificado también prohíbe la explotación sexual de menores de edad, las sanciones por dichos delitos contra los niños y las niñas entre 12 y 18 años son muy bajas. (5)

Con la importante excepción de los Estados Unidos, todos los países integrantes de la OECD ratificaron la Convención sobre los derechos del niño. En estos países existe la convicción que la Convención puede ser empleada para prevenir las violaciones de los derechos de los niños y las niñas. En estos países, existe una legislación que brinda protección general a los niños y las niñas contra la violencia sexual. Al mismo tiempo, existen pautas y reglamentos dentro de la escuela que bajo la tutela del consejo escolar y el ministerio de educación regulan las relaciones adecuadas entre estudiantes y el personal de la escuela. (86)

Si bien el principal objetivo de dichos documentos y campañas es proteger a los y las estudiantes del abuso y acoso sexual, se resalta la importancia de proteger a los adultos y las instituciones educativas en contra de acusaciones y demandas infundadas.

En los Estados Unidos, por ejemplo, el fallo de la Corte Suprema de 1992 permite a las víctimas de agresiones sexuales demandar a los consejos escolares. (54) Gracias a esta ordenanza se ha promovido la documentación y normalización de este tipo de procedimientos.

De manera similar, un documento publicado por el Departamento de Niños; Escuelas y Familias del Reino Unido (87) tiene como propósito brindar un entorno seguro y de apoyo a través de la entrega de información a quienes tienen contacto con niños y niñas, y establecer pautas para educar a adultos sobre lo que constituye una conducta ilegal y lo que podría considerarse una conducta indebida.

Las pautas no sólo indican que los adultos no deben:
•• tener relaciones sexuales con niños, niñas o jóvenes (lo que se define como personas menores de 18 años)

•• mantener cualquier forma de comunicación con un niño, una niña o un joven relacionada que sea de naturaleza sexual
•• hacer comentarios sexuales sobre un niño, una niña o un joven

•• conversar sobre sus propias relaciones sexuales con o en presencia de niños, niñas o jóvenes

Sino que también, dichos adultos deben:

•• garantizar que se relacionan con niños y niñas en lugares públicos y con límites claramente establecidos

•• preocuparse que el lenguaje o las acciones no den origen a comentarios o especulaciones

Alemania

Siempre es contra los niños o las niñas más débiles, los que no pueden defenderse. Los hostigadores desean tener poder, y no pueden alcanzarlo de otra manera. La violencia en las escuelas a menudo se subestima, especialmente la psicológica.
Niña, 19 años

Hostigamiento escolar

Definición de hostigamiento escolar

Las definiciones de hostigamiento escolar varían, pero comúnmente enfatizan la importancia de la repetición, junto con el daño y la desigualdad de poder. (88) No todas las agresiones se consideran hostigamiento escolar, pero hostigamiento escolar siempre implica una agresión, la cual se define como una conducta dañina y hostil. (89)
Las definiciones destacan la dificultad que enfrenta la víctima para defenderse y el deseo de los hostigadores de obtener algo material, una recompensa social o cierto tipo de placer emocional. (90)
Las diferencias en las definiciones hacen que resulte difícil interpretar los hallazgos y realizar comparaciones internacionales.6 En este informe, usaremos la definición de hostigamiento escolar de Olweus, ya que su trabajo ha influenciado el desarrollo de numerosos programas preventivos en muchos países: “Un estudiante sufre de hostigamiento escolar o es victimizado, cuando es expuesto en forma reiterada y a lo largo del tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más estudiantes”. (91)

Suazilandia

Un día estábamos aprendiendo un nuevo tema, que no logré entender. Mi maestro comenzó a gritarme y a decir que era un flojo y estúpido porque mi trabajo había tenido muchos errores.
Niño, en un taller de trabajo para niños y niñas de entre 6 y 8 años8

La magnitud del problema

El hostigamiento escolar es una conducta común en las escuelas de todo el mundo. (92) Investigaciones realizadas en varios países en vías de desarrollo entre los años 2003 y 2005 por la iniciativa Global School-based Health Survey (GSHS) detectó que entre un quinto (China) y dos tercios (Zambia) de los niños y las niñas participantes informaron haber sufrido hostigamiento escolar verbal o físico en los últimos 30 días. (93) El panorama es similar en los países integrantes de la OECD. Casi un cuarto de los siete millones de estudiantes encuestados en España, y un tercio de los encuestados en Australia informaron haber sufrido hostigamiento escolar por parte de sus compañeros de clase. (94)

El hostigamiento escolar afecta a muchos niños y niñas en las escuelas africanas. Por ejemplo, en una encuesta realizada en Kenia a 1.000 estudiantes de escuelas públicas en Nairobi, el 63,2 por ciento y el 81,8 por ciento informaron haber sufrido diversos tipos de hostigamiento escolar. (95) Asimismo, en una encuesta realizada en Sudáfrica, más de la mitad de los encuestados había experimentado hostigamiento escolar al menos una vez en el último mes. (96, 97)

Usando una definición amplia de hostigamiento escolar que incluye no sólo agresión física, sino también chantaje, insultos y exclusión social, el trabajo de campo realizado por Yvette Owosu en Ghana Central, detectó que el 62 por ciento de las niñas de 11 y 12 años en el primer ciclo de la educación secundaria (escuelas públicas) indicó que había experimentado hostigamiento escolar en la escuela. (98)

En Benín, una investigación realizada en el distrito de Pahou detectó que el 82 por ciento de los maestros y el 92 por ciento de los escolares confirmaron que se produce hostigamiento escolar entre alumnos y maestros. (99)

Ecuador

Una vez, un amigo me golpeó enfrente del profesor, me dio un puñetazo y me pateó. Después, en el recreo, me hizo caer... y me hizo daño. El profesor no hizo nada.
Niño, 10 años

En América Latina y el Caribe la investigación sobre hostigamiento escolar en las escuelas es limitada. Sin embargo, la información que existe sugiere que hasta ocho de cada 10 niños y niñas en Bolivia pueden sufrir hostigamiento escolar. En Uruguay, Ecuador y Brasil, aproximadamente un tercio de los estudiantes informó haber participado en hostigamiento escolar, ya sea como agresor o como víctima. (5)

Un estudio realizado en Bogotá, Colombia, a más de 1.000 participantes, detectó que el 30 por ciento de los niños y el 17 por ciento de las niñas habían participado en una pelea. Además, que un quinto de los encuestados había sido víctima de hostigamiento escolar a diario. (100) En otra encuesta realizada con un número similar de participantes en San Salvador, El Salvador, el 15 por ciento de los encuestados informó haber participado en al menos una pelea, y el 20 por ciento dijo que a menudo lleva un bate de madera a la escuela para protegerse de los autores de hostigamiento escolar. (101)

Asia carece de información representativa al respecto. Sin embargo, los estudios sugieren que millones de niños y niñas en todo el continente son víctimas habituales del hostigamiento escolar. De hecho, UNVAC describe el hostigamiento escolar como un “problema emergente” en la región. (7)

El trabajo de Plan en Colombia

Jóvenes constructores de Paz

En un plazo de seis años, este proyecto tiene por objetivo capacitar a 10.500 estudiantes, 670 maestros, 650 padres y madres y 64 comunidades en procesos de pacificación y resolución de conflictos. Adicionalmente, el proyecto tiene por objetivo fortalecer redes de jóvenes e instituciones gubernamentales y al mismo tiempo, entablar un diálogo con aquellos responsables de elaborar e implementar políticas públicas asociadas a este tema.

El proyecto le ofrece a la juventud en situación de riesgo, la oportunidad de convertirse en promotores de la paz en sus escuelas y comunidades. Les permite experimentar un crecimiento personal mediante el desarrollo de su liderazgo, habilidades de comunicación y resolución de conflictos.
A la fecha se han capacitado 7.000 estudiantes.

Un estudio realizado en Bangladesh sobre la relación entre el hostigamiento escolar y los sentimientos de culpa de los inocentes, reveló que a pesar de las denuncias de casos extremos de violencia en escuelas de Bangladesh y de la amplia cobertura mediática que reciben, el hostigamiento escolar “sigue siendo un tema sin investigar [y] … no existen programas de intervención escolar para lidiar con el problema”. (102)

El mismo estudio indicó que el hostigamiento escolar es un problema grave en el país; el 30 por ciento de los estudiantes admitió haber sido autor de hostigamiento escolar al menos una vez en el último año. (102)
El GSHS en Filipinas (103) advirtió que, a nivel nacional, más de un tercio de los estudiantes fue víctima de hostigamiento escolar una o más veces durante los últimos 30 días. El 28 por ciento de estos estudiantes afectados por hostigamiento escolar informó que lo más frecuente era que los golpearan, patearan, empujaran o encerraran. En general, los niños (35,8 por ciento) reportaron este tipo de maltrato con mayor frecuencia que las niñas (22,2 por ciento). Los estudiantes de cursos menores resultan más propensos a sufrir hostigamiento escolar que los estudiantes de cursos superiores, y en especial, a sufrir hostigamiento escolar físico.

Una encuesta en Laos reveló que el 98 por ciento de las niñas y el 100 por ciento de los niños habían sido testigos de hostigamiento escolar en las escuelas (siendo las mayores víctimas las niñas, o los niños y las niñas de minorías étnicas. (17) Además, en China, un estudio realizado con 4.700 niñas y niños de escuelas primarias y secundarias detectó que el 13 por ciento había sido víctima de hostigamiento escolar. (104)

Sin embargo, a pesar de la magnitud del problema, sólo cinco de los 66 países evaluados en este informe (Corea, Estados Unidos, Noruega, Reino Unido y Sri Lanka) tienen leyes que prohíben explícitamente el hostigamiento escolar en las escuelas. (5)

Los niños por lo general son más propensos a ser tanto víctimas como autores de hostigamiento escolar, sin embargo, no ocurre lo mismo en todas partes: en Japón, las niñas con mayor frecuencia son las autoras de hostigamiento escolar. (105)

Los niños y las niñas también tratan a sus víctimas de diferentes formas. Lo más probable es que los niños usen la intimidación y violencia física, mientras que las niñas tienden a utilizar formas verbales y de discriminación social. (5)

Vietnam

Castigo emocional es gritar, abusar, burlarse de alguien o discriminarlo. Un ejemplo de esto es cuando a un estudiante que no es muy inteligente se le llama idiota en frente de todos.
Participante del Programa de Castigo Físico y Emocional de Plan

Causas del hostigamiento escolar

Los niños y las niñas a menudo son objeto de hostigamiento escolar debido a su origen étnico (106) o su sexualidad. (5) Un importante número de estudios han detectado que el hostigamiento escolar en escuelas del Reino Unido y Francia tienden a basarse en el origen étnico de las víctimas. (19, 107)

Los niños y las niñas discapacitados también se encuentran entre los objetivos más seguros. El estudio sobre la violencia contra los niños y las niñas con discapacidades, elaborado por las Naciones Unidas, afirma que son más propensos a soportar el abuso para poder integrarse a los grupos sociales. (86)

El informe de Plan Soy un adolescente: ¿Qué ocurrió con mis derechos?, destaca una razón cada vez más común para ser víctima de hostigamiento escolar: el estigma relacionado con el SIDA. Los niños y las niñas cuyos padres y madres viven con VIH o fallecieron a causa del SIDA, pueden sufrir el rechazo de sus amigos y compañeros de clase. (110) Así lo describió una niña sudafricana de 16 años: Te tratan mal. No tienes ganas de salir a la calle, porque se burlan de ti. Susurran cuando pasas. Piensan que si una persona de la casa está enferma, todos están enfermos.
Además de estos grupos específicos, los autores de hostigamiento escolar, especialmente los niños, a menudo tienen por objetivo a los más pequeños y débiles niños y niñas. (107)

Los factores antes mencionados identifican algunos patrones por los que ciertos niños y niñas, y no otros, sufren de hostigamiento escolar, pero no explican la razón por la que ocurre. Aunque, según se informa, muchos maestros, padres y madres ven el hostigamiento escolar como una parte inevitable de la vida escolar. El hostigamiento escolar está relacionado con las experiencias de violencia en el hogar, ya que los niños y las niñas aprenden que la violencia es el principal mecanismo de negociación. Los niños y las niñas que sufren violencia familiar tienen mayor probabilidad de ser hostigadores y a la par, de ser víctimas de éste. (5)

La violencia física en general, y en especial el hostigamiento escolar, es más común en escuelas con exceso de alumnos y supervisión inadecuada de adultos. (151)
También, en escuelas ubicadas en vecindarios violentos o pobres, o donde se acepta la discriminación contra los grupos étnicos u otros. (86)

Las políticas educativas también pueden afectar el hostigamiento escolar. Un ejemplo de Portugal: Los escolares deben aprobar un riguroso examen para pasar el sexto grado. Por lo tanto, al menos el 10% de todos los alumnos de sexto grado (con mayor frecuencia niños) se han retrasado dos años o más. De esta manera, los niños y las niñas mayores tienen prácticamente el doble de posibilidades de hostigar a sus compañeros de aula. (112)
Se han identificado otros factores que inciden en el hostigamiento escolar en diferentes regiones.

Paraguay
Sí discriminan. Hay unos tipos que dicen ... eres pobre, yo tengo dinero…
Niño (111)

Por ejemplo, muchos investigadores identifican que las necesidades económicas y la desigualdad social promueven tanto el hostigamiento escolar como la violencia sexual en África y otros países en vías de desarrollo. (113) De otro lado, una revisión de la literatura en países desarrollados detectó que los niveles crecientes de pobreza, desigualdad y exclusión social cumplen una función importante en la violencia en las escuelas. (1)

En América Latina y el Caribe, el hostigamiento escolar es uno de los efectos indirectos de la violencia de pandillas en las escuelas. (5) UNICEF informa que el hostigamiento escolar dentro de la escuela generalmente está vinculado a la rivalidad entre pandillas y al tráfico de drogas ilícitas dentro de las escuelas. (114)

Panamá

Los niños mayores golpean a los menores. Se comen sus alimentos y los amenazan si tratan de detenerlos. Un niño pateó a otro menor hasta hacerlo vomitar y todo esto, porque no tenía dinero para darle.
Alumno indígena

En Asia, la atención pública hacia el hostigamiento escolar es incluso menor que hacia la violencia sexual. De hecho, generalmente se considera que el hostigamiento escolar y las peleas son parte del crecimiento. (6)
En India y otros lugares del sur de Asia , las castas continúan cumpliendo una función importante en la vulnerabilidad de niños y niñas ante la violencia, incluso en el entorno escolar. Esta situación puede frenar a que las personas afectadas, denuncien el maltrato. En la región, la raza es una de las principales razones de discriminación y violencia entre estudiantes, como también lo es la condición religiosa. (5)

La difusión de nuevas tecnologías ha aumentado la intensidad de los problemas que enfrentan los niños y las niñas víctimas de hostigamiento escolar. El hostigamiento virtual entre escolares (el uso de Internet, teléfonos móviles y otras tecnologías digitales para amenazar o maltratar a estudiantes), permite que el hostigamiento escolar pueda presentarse en cualquier momento y lugar. (115, 116)

La mayoría de las víctimas no denuncia lo que sufren porque se sienten avergonzados, sienten temor de las burlas o la venganza de sus agresores y se culpan a sí mismos. Por otra parte, pocas víctimas creen que sus escuelas tomarán medidas reales para mejorar la situación. Volviendo el cuadro aún más complejo, los niños y las niñas que son víctimas de hostigamiento escolar tienden a tener una reducida red de amistades. Con ello, se reducen sus posibilidades de poder contar con alguien que le brinde apoyo y protección.

Tailandia

Mis amigos suelen burlarse de mí. Y yo siento que sin herirme físicamente, eso es violencia. A veces, los maestros hacen lo mismo, y me culpan en frente de otros niños. Me he sentido humillado.
Participante en la investigación de Plan con niños de entre 7 y 18 años

Consecuencias del hostigamiento escolar

Las víctimas de hostigamiento escolar pueden ver afectada su autoestima, sentirse lo que podrían dejar de asistir a ella para evitar este tipo de victimización. (117, 118, 119)
Las y los estudiantes que son afectados por el hostigamiento escolar generalmente desarrollan problemas de concentración y dificultades de aprendizaje, lo que aumenta aun más su insatisfacción. (120, 121, 122, 123) Otros reaccionan de manera agresiva. En un esfuerzo por recuperar su condición, algunas veces hostigan a otros compañeros de clase. (124)

Lo que es aún más grave, las víctimas de hostigamiento escolar experimentan un incremento en sus niveles de estrés. Además, son más propensos a cometer suicidio. (6) Los estudios demuestran que los niños y las niñas que son víctimas de hostigamiento escolar tienen cinco veces más probabilidades de tener depresión que sus pares, y que las niñas que lo sufren tienen ochos veces más probabilidades de suicidarse. (125)

Pero los autores de hostigamiento escolar también sufren problemas. Ellos también tienen más probabilidades de experimentar ansiedad y depresión. Al mismo tiempo, afrontan un mayor riesgo de suicidio y de lastimarse a sí mismos que aquellos niños y niñas que no se involucran en la dinámica de hostigamiento escolar. (126)

Además, tanto las víctimas como los autores de hostigamiento escolar tienen más probabilidades de perpetuar el ciclo de la violencia. Varios estudios africanos sugieren que la experiencia infantil de hostigamiento escolar aumenta la conducta antisocial y de riesgo en la vida adulta. (97, 127) Y de acuerdo con el Servicio Secreto de los Estados Unidos, más de dos tercios de los incidentes de disparos y asesinatos ocurridos en las escuelas son motivados por venganza en contra de hostigadores. (128) Una investigación realizada en los Estados Unidos detectó que el sesenta por ciento de quienes fueron hostigadores escolares, al cumplir 24 años de edad cuentan con al menos, un antecedente penal. (129)

El trabajo de Plan en Timor Oriental

Eliminar la violencia en las escuelas

Basado en los resultados de “Háblame con amabilidad” (estudio nacional realizado por Plan, sus socios locales y representantes del gobierno), este proyecto piloto ha venido promoviendo la disciplina positiva y los pactos de paz escolar gracias al apoyo de escolares y asociaciones de padres y maestros de dos distritos de Timor Oriental.
Hasta el momento, cuatro escuelas en dos distritos han creado sus propios códigos de paz escolar. Treinta maestros han participado en el curso de capacitación en disciplina positiva y 180 representantes de las asociaciones de padres y maestros han recibido capacitación en mecanismos de protección infantil.
Plan y el Ministerio de Educación de Timor Oriental vienen explorando la posibilidad de extender esta iniciativa y, de este modo, poder beneficiar a más niños, niñas, maestros y padres de familia.

Mejora de las leyes y políticas

La mayoría de los países no cuentan con una legislación que brinde protección específica en contra del hostigamiento escolar. En África, las excepciones parciales incluyen a Kenia, donde es posible tomar medidas administrativas contra el hostigamiento en las escuelas (se puede suspender o expulsar a un estudiante al cual se le descubra hostigando a otro), y en Guinea Bissau, donde se puede aplicar el código penal. (5)

Corea, Noruega, Sri Lanka, EE.UU. y el Reino Unido (donde en 1999 se emitió una disposición legal para que las escuelas contaran con una política contra el hostigamiento escolar106, cuentan con legislación para proteger a los niños y las niñas contra el hostigamiento escolar. Varios otros países tienen leyes que pueden ser empleadas para abordar formas específicas de hostigamiento escolar. (5)

Debido a que la discriminación frecuentemente es la base del hostigamiento escolar, contar con una legislación contra la discriminación es un importante primer paso para su prevención. (5) Es de tener en cuenta que la mayoría de países han ratificado la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. De manera que esta convención puede ser empleada como un adecuado marco para prevenir el hostigamiento escolar. (5)

Una iniciativa implementada en los países de la OECD que conviene mencionar, es el Programa Medidas Integrales para Abordar el Problema del Hostigamiento Escolar. El cual se inició en Corea en 1994 y en el que participan activamente asociaciones de padres y maestros nacionales. Este proyecto de administración escolar, enfatiza las interacciones entre maestros y padres para identificar, evitar y erradicar el hostigamiento escolar en las escuelas. (86)

Abordando la violencia en las escuelas: ¿qué es lo que sí funciona?

Solía ignorar la violencia que estudiantes y maestros afrontaban en mi escuela, pero ahora podemos denunciarla con confianza. Como consecuencia de esto, se han reducido algunas formas de violencia como los castigos corporales. Me he dado cuenta que algunas escuelas no tienen un buen rendimiento académico debido a los diversos problemas que afectan a sus estudiantes y maestros. –Entre ellos, el comportamiento violento.
Niña, 16 años, Uganda, participante del proyecto internacional de Plan contra la violencia de género en las escuelas

Para poder desarrollar programas efectivos contra la violencia escolar, se requiere de un detallado análisis de la magnitud y de la naturaleza de la violencia escolar a nivel local. Aunque algunos países cuentan con evidencia que prueba cómo ciertas intervenciones han contribuido en la reducción de este tipo de violencia, es importante comprender el contexto social, político y cultural en el que se implementan dichos programas. Lo que funciona en una comunidad, un país o una región en particular no necesariamente tendrá el mismo efecto en otro lugar.
Este capítulo tiene como objetivo proveer un punto de partida para el análisis en profundidad y el desarrollo de programas a nivel local.

Kenia

Me uní al programa a fin de aprender cómo manejar la violencia en mi contra y en contra de otros. Lo que he aprendido es que todos somos iguales, por lo que no es bueno ser castigado injustamente. Este programa nos ayudará a solucionar el problema de la violencia en las escuelas, las comunidades y el país en general.
Niño, 15 años, participante del proyecto internacional de Plan sobre violencia en base a géneros en las escuelas

Intervenciones locales

En general, la investigación disponible sugiere que las estrategias locales más eficaces130 para abordar el castigo corporal, la violencia sexual y el hostigamiento escolar son aquellas que se concentran en la misma escuela, por ejemplo: los cambios de técnicas en las salas de clases y el establecimiento de reglas claras sobre el comportamiento esperable en la escuela. (6)

Las intervenciones integrales que dentro de la escuela apuntan a disminuir los índices de violencia son las más eficaces. (130) Estas no sólo reducen el comportamiento violento o agresivo, sino que también pueden reducir la inasistencia; mejorar los logros académicos; y fortalecer las habilidades sociales y el bienestar de los estudiantes y maestros. (6)

Un componente fundamental del enfoque integral en la escuela es la claridad de las normas de gestión. (131) La violencia escolar se debe enfrentar cada día, y debe ser parte fundamental de la gestión escolar. (6)
Un estudio realizado en más de 1.200 escuelas de los Estados Unidos (132) evidenció que el entorno escolar contribuye en la implementación exitosa de programas de intervención en contra de la violencia. Otros estudios muestran que la victimización aumenta cuando no hay estabilidad en el cuerpo docente o hay falta de claridad y justicia al aplicar las normas de la escuela. (133)

También es muy importante la forma en que la escuela implementa los programas de intervención. Las escuelas que tienen mayores posibilidades de éxito son aquellas que ya están organizadas de una manera proactiva y democrática y tienen fuertes vínculos con sus comunidades. (6)

El compromiso y apoyo activo de parte de los adultos es crucial. A menudo, esto se logra gracias a la capacitación de maestros y el ofrecimiento de apoyo a los padres. (5, 6) Yendo más allá, la victimización y la agresión disminuyen cuando los niños y las niñas se sienten apoyados no sólo por la comunidad educativa sino también por otros agentes de cambio, tales como asociaciones de residentes, la policía y los servicios sociales.

Vietnam

Mi maestra es diferente. Si ve a dos niños o niñas hablando, se sienta con ellos o los envía fuera de la clase pero no usa la violencia.
Participante del proyecto de prevención del castigo físico y emocional de Plan

Una investigación realizada sobre la base de 83 estudios que demostraban reducción en los índices de violencia escolar, concluyó que la duración y la calidad de los programas eran cruciales. Además, reveló la eficacia de cuatro tipos de programas: (134)

•• mejoramiento del autocontrol

•• capacitación en habilidades sociales

•• modalidades múltiples, en los que se emplean diferentes métodos a la vez, por ejemplo,

(a) capacitación en habilidades sociales y solución de problemas en clase;
(b) modificación de comportamiento en el área de juegos; y
(c) capacitación grupal para padres

•• técnicas administrativas: conducta grupal, reglas y normas de conducta claras compartidas por la escuela

Togo

Recién comencé a comprender que el castigo corporal es violencia en contra de los niños y las niñas, y que podemos encontrar otras maneras de disciplinarlos... Recibí capacitación y comencé a comprender que los niños y las niñas no son adultos, que tienen prioridades diferentes y que uno tiene que ser delicado con ellos ... Le expliqué a un padre que golpear a su hijo o hija es violencia y está en contra de sus derechos, y he estado hablando con cada uno de mis colegas para que cambien su pensamiento con respecto al castigo corporal.
Maestro de escuela primaria

En aquellos lugares en que se han introducido programas al estilo de entrenamientos militares, no se ha logrado reducir la cantidad de agresiones. Lo que demuestra que los programas eficaces son aquellos que generalmente se basan en el apoyo y no en la represión. (6)

•• Con el objetivo de vencer al autoritarismo y promover la disciplina no violenta en la escuela, resulta fundamental promover la toma de consciencia entre niños y niñas con respecto a sus derechos. Y además, instarlos a contribuir en la dirección de su escuela.

En Africa, el castigo corporal tiende a ser defendido en nombre de la tradición. Sin embargo, la evidencia muestra que aquellos maestros que son capacitados en métodos de disciplina alternativa, generalmente, se muestran más abiertos a apoyar la abolición del castigo corporal. (5, 8) Esto muestra la posibilidad de cambiar las actitudes a través de las leyes y la capacitación, y de promover el cambio de la idea que la abolición del castigo corporal en la escuela es una iniciativa colonialista que pone en riesgo sus tradiciones. (6) Por lo tanto, es importante desarrollar medidas que de manera pacífica promuevan el adecuado manejo de la clase y la escuela.

El trabajo de Plan en el Salvador

Trabajo con toda la comunidad escolar
Una iniciativa que Plan comenzó en el año 2004 con 50 escuelas, ha logrado que el gobierno haya decidido extenderla a nivel nacional. El proyecto se centra en la comunidad escolar con el fin de promover el debate sobre los valores de la paz y cómo ponerlos en práctica. Con el objetivo de establecer una cultura de autorregulación y respeto por sus pares y su entorno, el proyecto cuenta con un manual que ofrece pautas para promover la participación de los estudiantes en el diseño de sus normas escolares.

En noviembre de 2007, el Ministerio de Educación publicó el Manual paso a paso hacia la coexistencia escolar y la participación de los y las estudiantes. En la actualidad, dicho manual es empleado como una herramienta de uso obligatoria en todas las escuelas públicas de El Salvador.

Los programas que enfrentan la violencia sexual necesitan una evaluación más profunda para informar adecuadamente a las personas encargadas de la elaboración de políticas públicas. Sería útil obtener más información sobre las formas en que se podrían replicar intervenciones exitosas y compartir estos conocimientos internacionalmente.

Aún no se ha establecido el vínculo entre el conocimiento, el comportamiento y la capacidad de evitar o reducir la victimización. Ninguno de los estudios revisados para este informe brinda información de haber logrado reducir la incidencia de abuso sexual. (135, 136, 137, 138, 139) Del mismo modo, existe una brecha importante en las investigaciones con respecto al abuso sexual dentro del entorno escolar y cómo prevenirlo. Esto prueba que violencia sexual es un problema que permanece oculto en muchos países. (6)

Sin embargo, las investigaciones indican que los programas que abordan la violencia sexual tienden a ser más eficaces cuando apuntan a grupos pequeños (140) y cuando los estudiantes aprenden habilidades de autoprotección. (141) La duración de dichas capacitaciones también parece ser uno de los principales factores que influyen en la eficacia: los programas de capacitación que promueven la activa participación de niños y niñas y tienen por duración cuatro o más sesiones, tienen un mayor impacto. (142, 143) Esto hace suponer que es preferible dividir la información en partes manejables antes que entregarla en un solo bloque. (143)

Los programas que ofrecen a niños y niñas algún tipo de participación activa, tales como la actuación, generalmente son más eficaces y además, facilitan que los y las participantes recuerden mejor sus contenidos. (140, 142, 144, 145, 146)

Ghana

A partir de lo que estos niños y niñas han dicho y hecho sobre los diferentes tipos de maltrato usados en su contra, nosotros (los adultos) deberíamos agachar la cabeza avergonzados. Y para poder levantar nuestras cabezas con orgullo, deberíamos apoyarlos para que tengan acceso a la salud, a la educación y la participación en el proceso colectivo de toma de decisión.
Jefe de aldea

En promedio, las evaluaciones de programas diseñadas para abordar y prevenir el hostigamiento escolar no son muy alentadoras. En el mejor de los casos, la mayoría de ellas revelan un efecto restringido o ambiguo. Por lo tanto, no pueden generalizarse y se necesita más investigación en esta área.
Sin embargo, se pueden sacar algunas lecciones: (6)

•• los resultados tienden a ser más positivos en las escuelas primarias que en las secundarias. Esto sugiere la necesidad de prevenir el hostigamiento escolar desde temprana edad

•• parece ser que el género es un factor importante. Los estudios indican que las niñas son más receptivas a la intervención en contra del hostigamiento escolar, tienen actitudes más favorables hacia las víctimas (especialmente durante la adolescencia) y están significativamente más dispuestas a cumplir una función activa al enfrentar el hostigamiento escolar. Sin embargo, parece que a largo plazo, los programas son más eficaces para los niños

•• para asegurar el éxito de cualquier programa es esencial un entorno escolar positivo, un enfoque integral y el involucramiento de todo el cuerpo docente

•• los programas más extensos son los más eficaces

•• la colaboración entre un proyecto local y una gran campaña nacional no siempre es garantía de éxito

•• los programas eficaces se enfocan en métodos interactivos (actuación, situaciones de la vida real y trabajos prácticos sobre los sentimientos y las emociones) en lugar de sólo transmitir información

•• el trabajo relacionado con el hostigamiento escolar es más eficaz cuando se asocia a intervenciones con las familias, los maestros, la escuela y toda la comunidad

Alemania

Habría mucho menos violencia en las escuelas si hubiese un mayor sentido de comunidad en las clases.
Niña, 15 años

Muchas ONG han contribuido notablemente en detener la violencia escolar. En el Reino Unido, iniciativas como la Campaña para detener totalmente el hostigamiento escolar de NSPCC, promueven una actitud intolerante hacia este tipo de violencia. El trabajo de NSPCC incluye la difusión de recursos educativos sobre la prevención de la violencia, la promoción de la toma de consciencia en las escuelas y el apoyo a las personas afectadas de manera que se sientan en capacidad de tomar medidas y denunciar el hostigamiento escolar.

En América Latina, la lucha contra la violencia escolar suele ir de la mano con el discurso político de la promoción de una cultura de paz, democracia y responsabilidad. Al disfrutar de una amplia resonancia regional, la lucha contra el hostigamiento escolar podría adoptar este mismo enfoque. (5)

El trabajo de Plan en Tanzania

Voces de niños

Con el objetivo de mitigar el acoso de maestros, padres y otros adultos hacia los y las estudiantes, este proyecto mediático conducido por niños y niñas y dirigido a sus pares, transmitió (26) programas televisivos a través de TvT, el canal de televisión nacional en Tanzania.

El proyectó permitió abrirles los ojos a las autoridades escolares y locales, pero especialmente a las 29,658 personas a las que se les mostró dichos programas en emisiones comunitarias. El proyecto tenía como objetivo que los niños y las niñas defiendan sus derechos en 25 escuelas, en especial aquellos aspectos relacionados con la violencia.

Como resultado del proyecto, los niños y las niñas participan actualmente en el proceso de toma de decisión de algunas escuelas y comunidades. Un buen ejemplo del alcance logrado es que después de recibir peticiones por parte de niños y niñas, algunos distritos han incorporado más maestros a sus escuelas.

Mecanismos legales y sociales

Aunque resultan fundamentales en la reducción de la violencia en las escuelas, no se puede esperar que las intervenciones locales tengan éxito sin un entorno legislativo favorable.
Los capítulos anteriores examinaron el estado legal del castigo corporal, la violencia sexual y el hostigamiento escolar en el mundo. Sin embargo, existen algunos puntos generales sobre los mecanismos legales y sociales que son importantes de tener en cuenta.

A nivel mundial, se presta muy poca atención a la calidad y al cumplimiento de las leyes para abordar la violencia en las escuelas. Esta situación muestra una marcada diferencia con el debate sobre políticas de prevención de la violencia en contra de niñas y mujeres, en el que las medidas legales gozan de un rol protagónico.

La prohibición legal de la violencia en las escuelas es un primer y fundamental paso para lograr que las escuelas sean seguras. Si no se prohíbe, se hace difícil convencer a las comunidades, las autoridades escolares y los padres de familia que este tipo de violencia es inaceptable. (8)

Por lo tanto, la sociedad civil debe convencer a las personas responsables de elaborar y aprobar políticas públicas que prohíban cualquier tipo de violencia escolar.

El Salvador

El temor no es la mejor forma de educar a los niños y las niñas.
Madre de dos hijos

Una escuela que tolera un tipo de violencia en contra de niños y niñas (como el castigo corporal, por ejemplo) tiende a ser permisiva con los otros tipos de violencia. Lo cierto es que el castigo corporal y la violencia sexual están relacionados. A manera de intercambio, una niña que le concede favores sexuales a su maestro esperará que este no la golpee. Mientras que una que lo rechaza, además de injustas calificaciones, se arriesga a recibir una golpiza. (147)
No obstante, las leyes por sí solas son insuficientes. Su riguroso cumplimiento es imprescindible para reducir los casos de violencia escolar porque si no se cumplen, las leyes se tornan irrelevantes.

Los recursos también son importantes. Asegurar suficientes y confiables fondos garantiza una adecuada respuesta a la violencia escolar y al mismo tiempo, muestra el nivel de compromiso político para abordar el problema.

Colombia

Antes de este proyecto, había muchos problemas entre los estudiantes, así como también entre padres y maestros. Esto ha cambiado mucho porque ahora conversamos el problema, estamos organizados y brindamos apoyo a quienes lo necesitan.
Participante, del proyecto Jóvenes constructores de paz de Plan

Orientación para las personas responsables de elaborar políticas públicas

Teniendo como punto de partida el informe de la OMS sobre la violencia y la salud, Mona O’Moore sugiere un marco de nueve puntos a tener en cuenta en la formulación de políticas públicas para prevenir la violencia y el hostigamiento escolar: (148)

1. Delinear, implementar y controlar un plan de acción nacional para evitar el hostigamiento escolar y la violencia escolar. Este plan debe ser resultado del consenso entre las ONG y el gobierno – el mismo que debe de contar con la representación de los sectores de educación, salud, bienestar social y justicia.

Las medidas deben incluir: revisar y reformar la legislación y las políticas existentes, mejorar la recopilación de datos, reforzar los servicios para las personas afectadas, desarrollar respuestas de prevención y mantener informado a los agentes de cambio sobre los avances.

2. Mejorar la capacidad de recojo de datos confiables sobre el hostigamiento escolar y la violencia escolar, además de estandarizar las definiciones y mejorar la equivalencia de los sistemas entre los países y a lo largo del tiempo.
3. Definir las prioridades y respaldar la investigación sobre las causas, consecuencias y costos asociados a la prevención de la violencia y el hostigamiento escolar. Realizar evaluaciones rigurosas y sistemáticas sobre las iniciativas de prevención.

4. Desarrollar una estrategia nacional para ayudar a las escuelas a prevenir y reducir la violencia y el hostigamiento escolar. Los programas se deben adaptar a las necesidades y características de cada escuela. Las intervenciones más exitosas son auditadas a nivel integral y de manera regular; se introducen en la educación temprana de los niños y las niñas; e integran a un equipo multidisciplinario en su diseño. Dichas intervenciones se enfocan en reducir el riesgo y responder con adecuado tratamiento y rehabilitación a los incidentes de violencia y hostigamiento escolar.

5. Desarrollar una campaña en los medios de comunicación para promover valores, actitudes y comportamientos no violentos.

6. Integrar la prevención de la violencia y el hostigamiento escolar en la formación y capacitación permanente de los maestros.

7. Establecer un grupo de asesores sobre el tema. El mismo que debe brindar consejos y orientación acerca de cómo desarrollar e implementar políticas y programas escolares para abordar la violencia y el hostigamiento escolar.
8. Colaborar con una red de investigación internacional.

Las posibles áreas de investigación en las que una red internacional podría desempeñar una función clave en la prevención de la violencia y el hostigamiento escolar, incluyen: investigaciones de línea de base en las que se empleen la misma definición y herramientas de medición; estudios de casos en profundidad sobre las políticas nacionales; y monitoreo y evaluación de programas de prevención de la violencia.

9. Promover la legislación para afrontar de manera eficaz la violencia y el hostigamiento escolar.

Filipinas

La violencia en las escuelas se debe tomar en serio; toda la comunidad debe ser parte de la solución de este problema. El momento de actuar es ahora, no mañana, ya que podríamos perder estudiantes antes de darnos cuenta.
Joven, 19 años

El llamado a la acción de Plan

Ningún país está libre de la violencia en las escuelas. Como indica este informe, el castigo corporal, el abuso sexual y el hostigamiento escolar afectan a los niños y las niñas en todo el mundo.
La violencia y las amenazas de violencia tienen un enorme impacto en las vidas de los jóvenes. Decenas de miles de niños y niñas afrontan lesiones físicas, infecciones de transmisión sexual, problemas de salud mental e incluso varios mueren como resultado directo de la violencia escolar. Adicionalmente, la educación de millones de niños y niñas se ve afectada porque debido al miedo varios se ven obligados a faltar a clases.

Todos los niños y las niñas tienen derecho a un entorno escolar seguro. Depende de todos nosotros –organizaciones internacionales, gobiernos, comunidades locales, maestros, maestras, madres, padres, niños y niñas– trabajar juntos por el respeto del derecho de una educación escolar libre de violencia. El verdadero cambio requerirá de una modificación en el comportamiento y las actitudes en todos los niveles.

Plan hará su parte. Además de conducir una campaña a favor del cambio, en al menos 40 países integraremos la prevención de la violencia escolar en nuestros programas de educación y protección infantil. Al mismo tiempo, capacitaremos a nuestro personal y a nuestros voluntarios para abordar adecuadamente este problema. Los niños, las niñas y los jóvenes serán participantes activos de la campaña – sus ideas y opiniones darán forma a nuestras acciones en todos los niveles. Sin embargo, no podremos alcanzar el cambio deseado por nuestra propia cuenta.
Nuestra campaña involucrará al público en este debate y persuadirá al gobierno, las escuelas y otros actores clave sobre la necesidad de actuar.

Durante esta campaña, Plan trabajará por un mundo en el que:
1. Nadie pueda infligir violencia en contra de niños y niñas en las escuelas sin enfrentar un castigo.
Los gobiernos deben prohibir todas las formas de violencia en contra de los y las escolares, incluidos el castigo corporal, la violencia sexual y de género, el hostigamiento escolar, la negligencia y los castigos denigrantes. Estas leyes deben ser consecuentes con el Artículo 19 de la Convención sobre los derechos del niño de la ONU y otras normas internacionales.

Sin embargo, no basta con contar con una adecuada legislación. Dichas leyes deben ser cumplidas de manera rigurosa, de modo que quienes las infrinjan sepan que se exponen a serias consecuencias.
Plan trabajará con los gobiernos para desarrollar y hacer cumplir las leyes en contra de la violencia escolar en al menos 20 países.

2. Los niños y las niñas puedan denunciar hechos violentos. Y en caso hayan sido afectados por la violencia escolar, puedan contar con un adecuado cuidado y apoyo.

Todos los países deben contar con mecanismos de denuncia que sean independientes y esten preparados a satisfacer las necesidades particulares de niños y niñas. Dichos mecanismos, como las líneas de ayuda confidencial por ejemplo, deben asegurarles que sus casos serán tomados en serio y que estarán libres de represalias.
Todas las partes interesadas, incluidos los gobiernos, el poder judicial, la policía, los servicios de salud, bienestar y educación, las maestras, los maestros, los padres, las madres, los niños y las niñas deben trabajar juntos para proteger a los y las escolares y prevenir futuros incidentes.

Plan trabajará en alianzas con diversos socios para desarrollar mecanismos de denuncia y derivación para niños y niñas afectadas por la violencia escolar en al menos 20 países. En al menos 10 países, Plan apoyará la creación o expansión de líneas gratuitas confidenciales que ofrecen soporte emocional a niños y niñas.

3. Se reconozca que los niños y las niñas son actores claves en el diseño de estrategias y soluciones para abordar la violencia en las escuelas.

Los niños, niñas y jóvenes no sólo son las víctimas de la violencia escolar, sino que a menudo también son los autores de este tipo de actos. Al igual que los consejeros, educadores, líderes juveniles y modelos positivos, los y las estudiantes tienen un papel fundamental en mantener seguros a sus pares y a sí mismos.
Plan trabajará con niños, niñas y jóvenes en al menos 40 países para ayudar a romper el ciclo de la violencia. Escucharemos sus opiniones y los motivaremos a participar en todas las etapas de la campaña.

4. Los gobiernos establecen sólidos sistemas de datos y conducen rigurosas investigaciones para establecer la magnitud y la gravedad de la violencia escolar en sus países.

El primer paso para poner fin a la violencia escolar es conocer la magnitud y la naturaleza del problema. Con la ayuda de las agencias de las Naciones Unidas y de organizaciones no gubernamentales, los gobiernos deben establecer e implementar sistemas de recopilación de datos para informar sus políticas y prácticas a fin de proteger a los y las escolares de la violencia.

Plan trabajará con sus socios para mejorar la calidad y cantidad de información en materia de violencia escolar. Además, realizaremos investigaciones en al menos 30 países para comprender la magnitud y gravedad del problema de la violencia escolar y usaremos estos datos para contribuir en el cambio.

5. El gobierno y las organizaciones internacionales destinen importantes recursos para abordar la violencia en las escuelas.

Una mayor cantidad de dinero en presupuestos de educación asegurará la puesta en marcha de intervenciones ya comprobadas, tales como la reducción del número de estudiantes por clases; la profesionalización de los maestros y la mejora de su capacitación; la educación de pares; y el fortalecimiento de los mecanismos de soporte psicosocial, de bienestar y de salud.

Los sueldos deficientes, el bajo estatus y la insuficiente capacitación de los maestros contribuyen a mantener una cultura de violencia en las escuelas. Ante ello, Plan entablará un diálogo con los gobiernos para que incremente sus recursos en esta cruzada. Además, en al menos 20 países, trabajaremos con maestros para que conduzcan sus clases si emplear la violencia. Al mismo tiempo, se fortalecerá el trabajo de prevención de la violencia escolar en los 49 países en los que implementamos programas de desarrollo.

6. Los organismos de la ONU , los donantes multilaterales, los bancos de desarrollo y las organizaciones no gubernamentales den un mayor respaldo a los gobiernos para abordar la violencia en las escuelas.

Esto se logrará a través del financiamiento de proyectos específicos; monitoreando el progreso; fortaleciendo las capacidades; promoviendo las buenas prácticas; e incluyendo a la violencia escolar en sus propias agendas. Plan impulsará o participará en reuniones ministeriales de alto nivel en al menos 30 países para que quienes trabajan en educación, protección infantil y sectores afines reconozcan a la violencia escolar como una prioridad para todos. Además, Plan contribuirá en el empoderamiento de niños y niñas, de sus maestros, padres y madres y de sus comunidades para que motiven a sus gobiernos a asumir esta responsabilidad.

7. Los alumnos, las alumnas, los padres y las madres, el cuerpo docente y la comunidad trabajen en conjunto para eliminar la violencia de las escuelas.

Este cambio positivo requiere de la acción coordinada y el compromiso de la sociedad civil y el gobierno. Las comunidades deben liderar los esfuerzos locales para que sus escuelas queden libres de violencia. Esto se puede lograr a través de planes de acción o códigos de conducta en la escuela, que aplique tanto para el cuerpo docente como para los estudiantes. Y al mismo tiempo, a través de la promoción de una toma de consciencia sobre la violencia escolar y sus efectos.

Plan trabajará conjuntamente con las autoridades del sector educativo en al menos 20 países para desarrollar e implementar planes de acción a fin de promover escuelas libres de violencia. Trabajaremos con maestros, padres y madres, y niños y niñas en al menos 40 países para promover la toma de consciencia y desarrollar capacidades que permitan prevenir y abordar los efectos de la violencia, además de promover alternativas a los métodos violentos de disciplina. Plan también trabajará con toda la comunidad escolar para crear un código de “escuelas felices” que permita prevenir y detener la violencia en al menos 5.000 escuelas de todo el mundo.

Se puede prevenir cualquier tipo de violencia en contra de niños y niñas. Además, como se describe en este informe, hay muchas soluciones simples que permiten lograr el cambio esperado. Sin embargo, este cambio requiere que cada uno de nosotros asuma sus responsabilidades personales para detener la violencia contra los y las escolares.
Plan está preparado para cumplir su parte. Instamos a otros para que se nos unan.

Apéndice 1

Resumen del estado* legal del castigo corporal, la violencia sexual y el hostigamiento escolar en los países donde trabaja Plan

Notas

•• Algunos: Prohibido en algunos estados y /o ciertos tipos escuelas.

•• a : Adhesión
•• b : Aceptación
•• c : Sólo la firma

Fuentes
•• Sobre el castigo corporal: Iniciativa global para acabar con todo tipo de castigo corporal en contra de niños y niñas (www.endcorporalpunishment.org).

•• Sobre la violencia sexual, el hostigamiento escolar y la ratificación de la Convención sobre los derechos del niño: Nicola Jones; Karen Moore; Eliana Villar-Marquez; y Emma Broadbent (2008) Painful lessons: the politics of preventing sexual violence and bullying at school [Lecciones dolorosas: Políticas de prevención de la violencia sexual y el hostigamiento escolar en la escuela]. Londres: ODI

•• Datos sobre la población escolar: Instituto de Estadísticas de la UNESCO http://stats.uis.unesco.org/unesco/TableViewer/document.aspx?ReportId=136&IF_Language=eng&BR_Topic=0 (Revisado el 06 de agosto de 2008)

*Estado de la legislación en mayo de 2008.
**Las cifras de la población escolar incluyen solamente las escuelas preescolares, primarias y secundarias.

Apéndice 2

Compromisos internacionales

A continuación presentamos una selección no exhaustiva de numerosos compromisos universales y regionales, además de documentos que guardan relación con prevención de la violencia contra los y las escolares. La mayoría de ellos no tiene validez legal. Sin embargo, son reconocidos por el derecho consuetudinario que debe cumplirse a nivel interno a través de la legislación y las políticas nacionales en los países que los han firmado y ratificado. Por lo tanto, Plan hace un llamado a todos los países para que cumplan sus compromisos internacionales con el objetivo de asegurar que los niños y las niñas estén protegidos de la violencia en las escuelas.
Instrumentos de derechos humanos: tratados, declaraciones y referencias de órganos creados en virtud de tratados.

•• La declaración universal de los derechos humanos de la ONU (adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1948) es ‘un estándar común de logros para todas las personas y todas las naciones’. El Artículo 5 afirma que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”, y el Artículo 26 estipula que “toda persona tiene derecho a la educación” y que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales’. Favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones, y los grupos étnicos o religiosos, y promoverá las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz’.

•• Convención sobre los derechos del niño de la ONU (entró en vigencia el 2 de septiembre de 1990, 193 estados participantes): El Artículo 2 indica la obligación de tomar todas las medidas correspondientes para garantizar que se proteja a los niños y las niñas contra toda forma de discriminación o castigo.

Además, el Artículo 19 manifiesta la obligación de tomar todas las medidas correspondientes para proteger a los niños y las niñas contra cualquier tipo de violencia física o mental, daño o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. El Artículo 28.2 exige que la disciplina escolar se imparta “de modo consistente con la dignidad humana de los niños y las niñas y de conformidad con la presente Convención”. Además,
El Artículo 37 afirma que “ningún niño o niña será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

•• Convención contra la tortura y otros castigos o tratos crueles, inhumanos o degradantes (entró en vigencia el 26 de junio de 1987, 173 estados participantes): Artículo 1: “Tortura” es todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona, dolor o sufrimiento graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, o de castigarla por un acto que haya cometido o que se sospeche ha cometido. Conforme a esta Convención, es posible considerar el abuso físico en el que incurre un maestro. El Artículo 16 establece la obligación de prevenir otros actos que constituyan tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y que no lleguen a ser tortura, cuando dichos actos sean cometidos por un funcionario público u otra persona que actúe en el ejercicio de funciones oficiales, por instigación o con el consentimiento de tal funcionario o persona.

•• Pacto internacional sobre derechos civiles y políticos (entró en vigencia el 23 de marzo de 1976, 160 estados participantes): El Artículo 7 afirma que nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, y como lo enfatiza el Comité de Derechos Humanos en el Artículo 7 del “Comentario General” 20, el castigo corporal se incluye dentro de dicho artículo.

El Artículo 24 indica que todo niño y niña tiene derecho, sin discriminación alguna, a dichas medidas de protección, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del estado, debido a que su condición de menor de edad así lo exige.

•• Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres (entró en vigencia el 3 de septiembre de 1981, 185 estados participantes): El Artículo 1 establece una amplia definición de discriminación, conforme a la cual es posible considerar la violencia escolar contra las mujeres, que se comete en base al género, como discriminación. Con respecto a materias educativas, el Artículo 10 indica el derecho de las mujeres a tener acceso a los mismos programas de estudios, los mismos exámenes, cuerpo docente del mismo nivel profesional, y establecimientos de educación y equipos de igual calidad, además de la obligación de eliminar todo tipo de estereotipo relacionado con las funciones de los hombres y las mujeres.

•• Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (entró en vigencia el 4 de enero de 1969, 145 estados participantes): Los estados adoptarán medidas para prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas, particularmente en el goce del derecho a la seguridad personal y a la protección del estado contra todo acto de violencia o atentado contra la dignidad personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier grupo o institución.

•• Convención sobre los derechos de las personas con discapacidades (entró en vigencia el 3 de mayo de 2008, 118 estados la firmaron y siete la ratificaron): Esta Convención garantiza los derechos de las personas discapacitadas. 67 países han firmado y 3 han ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención, el cual establece un procedimiento de quejas en el caso de violaciones de los derechos incluidos en éste. Este documento se basa en los principios del respeto de la dignidad, la autonomía y la libertad de tomar las propias decisiones, a la no discriminación, la participación plena y efectiva, el respeto por la diferencia, la igualdad de oportunidades y la accesibilidad. La Convención presta especial atención a la violencia, el abuso y el abandono de niños y niñas con discapacidades en establecimientos educacionales según el principio fundamental de no discriminación.

•• Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas (adoptada el 13 de septiembre de 2007): El Artículo 6 de la declaración es relevante para abordar la protección contra la violencia en todos los establecimientos que agrupen a niños y niñas indígenas. La Convención presta especial atención a la violencia, el abuso y el abandono de niños y niñas indígenas en establecimientos educativos según el principio fundamental de no discriminación.

•• Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo. Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (entró en vigencia el 19 de noviembre de 2000, 165 estados participantes): El convenio estipula la obligación de tomar medidas inmediatas y eficaces para garantizar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, tales como el uso, el reclutamiento o la oferta de niños y niñas para la prostitución, para la producción de pornografía o para actuaciones pornográficas.

•• Protocolo Opcional de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños y niñas, la prostitución infantil y el empleo de niños y niñas en la pornografía (entró en vigencia el 18 de enero de 2002, 124 estados participantes): El protocolo prohíbe la venta de niños y niñas, la prostitución infantil y la pornografía infantil, y establece medidas que los estados deben implementar en sus territorios.

•• Convención internacional sobre los derechos de todos los trabajadores extranjeros y sus familiares (entró en vigencia el 1 de julio de 2003, 37 estados participantes): El Artículo 16 establece que los trabajadores extranjeros y sus familiares tendrán derecho a la protección efectiva del país contra toda violencia, daño corporal, amenaza e intimidación por parte de funcionarios públicos o de particulares, grupos o instituciones. El Artículo 30 establece que los hijos de los trabajadores extranjeros gozarán del derecho fundamental a la educación en condiciones de igualdad de trato. El acceso a las instituciones de enseñanza preescolar o las escuelas públicas no podrá denegarse ni limitarse, con motivo de la permanencia irregular de sus padres.

•• Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y niñas, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra el crimen transnacional y organizado, Protocolo de Palermo (entró en vigencia el 25 de diciembre de 2003, 117 estados participantes hasta diciembre de 2006): Un objetivo de este protocolo es prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños y las niñas, lo que incluye el reclutamiento, el transporte, el traslado, la acogida o recepción de personas con el fin, entre otros, de prostituirlas o someterlas a otras formas de explotación sexual.

•• Comentario General Nº 8 (2006). El derecho de un niño o una niña a ser protegido contra el castigo corporal y otras formas de castigo crueles o degradantes (artículos 19; 28, párrafo 2; y 37, entre otros) (se adoptó el 2 de marzo de 2007): En este Comentario General, el Comité de Derechos del Niño enfatiza que la eliminación del castigo violento y humillante de niños y niñas, a través de reformas legales y otras medidas necesarias, es una obligación inmediata e incondicional de los estados participantes.

•• Comité de los Derechos Humanos – controla la implementación del Pacto internacional sobre derechos civiles y políticos:

•• Artículo 7: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes...”.

•• Artículo 10: “Todas las personas privadas de su libertad serán tratadas con humanidad y respeto, debido a la dignidad inherente que posee todo ser humano…”.

•• Artículo 24(1): “Todo niño o niña tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a dichas medidas de protección que su condición de menor de edad exige, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del estado”.

•• Artículo 26: “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a la igualdad de protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igualitaria y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otro tipo, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

•• Con respecto al Artículo 7 de su Comentario General Nº 20, adoptado en 1992, el Comité establece: “La prohibición en el Artículo 7 se relaciona no sólo con los actos que causan dolor físico, sino también con los actos que causan sufrimiento mental a la víctima. Más aún, según el Comité, la prohibición se debe extender al castigo corporal, incluidas las reprimendas ordenadas como castigo por un delito o como una medida educativa o disciplinaria. Sobre esto, corresponde enfatizar que el Artículo 7 protege, en especial, a los niños y las niñas, los alumnos y los pacientes en instituciones de enseñanza médica”.

•• Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –supervisa la implementación del Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales:

•• Artículo 10(3): “Se deben tomar medidas de protección y asistencia especial en favor de todos los niños, las niñas y los jóvenes sin discriminación por motivos de parentesco y otras condiciones...”.

•• Artículo 13(1): “Los estados participantes del presente pacto reconocen el derecho de todas las personas a la educación. Están de acuerdo en que se debe dirigir la educación hacia el desarrollo pleno de la personalidad humana y el sentido de su dignidad, y en que se debe reforzar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales...”.

•• En 1999, el Comité adoptó un Comentario Regional sobre el derecho a la educación: “Según la percepción del Comité, el castigo físico es incoherente con el principio rector fundamental de la ley de derechos humanos consagrada en los preámbulos de la declaración universal de los derechos humanos y ambos acuerdos: La dignidad de las personas. Otros aspectos de la disciplina escolar también pueden ser incoherentes con la dignidad humana, como la humillación pública. Además, conforme al acuerdo, ninguna forma de impartir disciplina debe infringir otros derechos, como el derecho a la alimentación. Se requiere que los estados participantes tomen medidas para garantizar que no se imparta disciplina incoherente con el acuerdo en ninguna institución de educación privada o pública dentro de su jurisdicción. El Comité recibe iniciativas realizadas por algunos estados participantes que fomentan activamente la introducción de enfoques ‘positivos’ y no violentos a la disciplina escolar por parte de las escuelas”.

•• El Comité ha expresado preocupación por la persistente legalidad del castigo corporal en la escuela y recomendó su prohibición. Por ejemplo, en 1997 recomendó la eliminación del castigo corporal en escuelas con financiamiento privado en el Reino Unido. En mayo de 2002, el Comité hizo un llamado al Reino Unido a prohibir todo tipo de castigo físico a niños y niñas al interior del hogar.

•• Comité Contra la Tortura, responsable de controlar el cumplimiento de la Convención contra la tortura y otros castigos o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes, condenó el castigó corporal en 1995.

•• Normas de castigo corporal y justicia de menores

•• Normas mínimas estándar de la ONU para la administración de justicia de menores, las “normas de Beijing”: La Norma 17.3 (principios rectores en fallos y disposiciones) establece: “Los menores no deben estar sometidos a castigo corporal”.

•• Normas de la ONU para la protección de jóvenes privados de su libertad: La Norma 67 establece: “...todas las medidas disciplinarias que constituyan tratamiento cruel, inhumano o degradante deben estar estrictamente prohibidas, incluido el castigo corporal...”.

•• Directrices de la ONU para la prevención de la delincuencia juvenil, “las pautas de Riyadh”: El Párrafo 21(h) establece que los sistemas de educación deben prestar especial atención a “evitar medidas disciplinarias violentas, particularmente el castigo corporal” y el párrafo 54 dice: “Ningún niño, niña ni joven debe estar sometido a medidas correctivas o de castigo violentas o degradantes en el hogar, las escuelas o cualquier institución”.

•• Comité Europeo de Derechos Sociales – supervisa la concordancia de la ley y la práctica de los estados miembro del Consejo de Europa con la Carta social Europea. En 2001, el Comité realizó una “observación general” al Artículo 17 (“El derecho de las madres, los niños y las niñas a protección social y económica”) de la carta, la misma que indicó:

•• “El Comité considera inaceptable que una sociedad en la que se prohíba cualquier forma de violencia física entre adultos acepte que los adultos sometan a los niños y las niñas a la violencia física”. El Comité considera que el castigo corporal de niños y niñas no tiene ningún valor educativo.

•• “...el Comité considera que el Artículo 17 requiere una prohibición en la legislación de cualquier forma de violencia contra niños y niñas, ya sea en la escuela, en otras instituciones, en su hogar o cualquier otro lugar. Más aún, considera que cualquier otra forma de castigo o trato degradante de niños o niñas debe estar prohibido en la legislación y se debe combinar con sanciones adecuadas en la ley civil o penal”.

•• Desde entonces, el Comité ha solicitado a muchos miembros detalles de la legalidad del castigo corporal, en el hogar, las escuelas, otras instituciones y guarderías. En 2003, en sus conclusiones sobre Polonia y otros países, descubrió una violación del Artículo 17 con la base que “no está prohibido el castigo corporal de niños y niñas en el hogar”.

Documentos y tratados regionales

África

•• Carta Africana sobre los derechos y el bienestar del niño (entró en vigencia el 29 de noviembre de 1999, 38 ratificaciones, 11 firmas): El Artículo 16, “Protección contra el abuso y la tortura de niños y niñas” exige que los estados participantes “tomen medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para proteger a los niños y las niñas de todas las formas de tortura, trato inhumano o degradante, y especialmente de lesiones físicas o abuso, abandono o maltrato, incluido el abuso sexual, mientras se esté cuidando a niños o niñas”. El Artículo 11, sobre educación, exige que los estados participantes “tomen todas las medidas para garantizar que los niños y las niñas que sean sometidos a disciplina en las escuelas o por parte de sus padres, reciban un trato humano y con respeto a la dignidad inherente de niños y niñas, y en conformidad con la presente carta’. Otros artículos relevantes incluyen el Artículo 20 “Responsabilidad parental”, el Artículo 21 “Protección contra las prácticas sociales o culturales dañinas” y el Artículo 27 “Explotación sexual”.

•• Carta Africana sobre los derechos humanos y de las personas (entró en vigencia el 21 de octubre de 1986, 53 estados participantes): El Artículo 18 garantiza la protección de los derechos de las mujeres, los niños y las niñas según se estipula en las declaraciones y convenciones internacionales.

•• Protocolo de la Carta Africana sobre los derechos humanos y de las personas con respecto a los derechos de las mujeres en África (entró en vigencia el 25 de noviembre de 2005, 21 estados participantes): El tratado define como violencia contra la mujer todos los actos perpetrados contra mujeres que provoquen o puedan provocar daño físico, sexual, psicológico y económico, y establece que todos los estados participantes deben adoptar e implementar las medidas correspondientes para garantizar la protección de todos los derechos de las mujeres con respecto a su dignidad y protección contra cualquier forma de violencia, en particular la violencia sexual y verbal.

Las Américas

•• Convención Americana sobre Derechos Humanos (entró en vigencia el 18 de julio de 1978, 24 estados participantes): El Artículo 19 establece que todo menor de edad tiene derecho a que su familia, la sociedad y el estado apliquen las medidas de protección que su condición exige.

•• Convención Interamericana para prevenir y castigar la tortura (entró en vigencia el 28 de febrero de 1987, 17 estados participantes): Conforme al Artículo 2, “tortura” significa cualquier acción realizada intencionalmente en la que se inflija dolor o sufrimiento físico o mental a una persona con fines de investigación criminal, como también de intimidación, castigo personal, medida preventiva, sanción o con cualquier otro fin. El abuso físico por parte de maestros se considera una acción protegida por esta Convención.

•• Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Convención de Belém do Pará (entró en vigencia el 5 de marzo de 1995,15 estados participantes): El Artículo 7 condena todas las formas de violencia contra las mujeres y establece la obligación de diseñar e implementar por todos los medios y sin retraso, políticas para prevenir, castigar y erradicar dicho tipo de violencia. El Artículo 9 establece que los estados participantes deben considerar especialmente la vulnerabilidad de las mujeres a la violencia por motivos de, entre otros, minoría de edad.

•• Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidades (entró en vigencia el 14 de septiembre de 2001, 17 estados participantes): El Artículo III encomienda a los estados adoptar las medidas legislativas, sociales, educativas, relacionadas al trabajo y cualquier otra medida necesaria para eliminar la discriminación contra personas con discapacidades y para fomentar su integración plena a la sociedad.

•• Corte Interamericana de Derechos Humanos, condición jurídica y derechos humanos de los niños y las niñas. Opinión de asesoría OC-17/02 (adoptada el 28 de agosto de 2002): En esta opinión de asesoría, la corte sostiene que los estados participantes de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos tienen la obligación de adoptar todas las medidas positivas que se requieran para garantizar la protección de los niños y las niñas contra el maltrato, ya sea en sus relaciones con las autoridades públicas, o en las relaciones entre las personas o con entidades no gubernamentales.

Europa

•• Decisión marco del Consejo de la Unión Europea 2004/68/JHA del 22 de diciembre de 2003 relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y las niñas y la pornografía infantil: La decisión obliga a cada estado miembro a tomar las medidas necesarias para garantizar que se considere punible la coerción y el reclutamiento de niños o niñas a la prostitución o la participación en actuaciones pornográficas, y la participación en actividades sexuales con ellos.

•• Convención del Consejo de Europa sobre el “crimen virtual” (entró en vigencia el 1 de julio de 2004, 20 estados participantes): La Convención establece la obligación de adoptar dicha legislación y otras medidas que puedan ser necesarias para establecer las siguientes acciones como delitos penales conforme a su ley interna: La producción de pornografía infantil con fines de distribución a través de sistemas de cómputo; la oferta o disposición, obtención y posesión de pornografía infantil por medio de dichos sistemas para sí mismo u otras personas.

•• Convención del Consejo de Europa para la protección de menores contra la explotación y el abuso sexual (adoptada el 25 de octubre de 2007, firmada por 28 estados, aunque aún no entra en vigencia): Propone medidas que puedan prevenir la explotación y el abuso, como capacitación y una mayor toma de consciencia para las personas que trabajan con niños y niñas, y clases para niños de escuelas primarias y secundarias, a fin que aprendan a protegerse a sí mismos. Propone que cada país establezca una línea de ayuda por Internet y garantice la disponibilidad de servicios para ayudar a las víctimas. También establece vías en que los abusadores obtengan ayuda. Lo más importante, establece medidas detalladas para que los países proporcionen medidas preventivas legales contra todas las formas de explotación y abuso sexual, que varían desde la penalización de todos los abusos sexuales para detener la prostitución y la pornografía infantil.

•• Convención del Consejo de Europa sobre acciones contra la trata de seres humanos (entró en vigencia el 1 de febrero de 2008, 10 ratificaciones): El propósito general de esta Convención es prevenir y combatir la trata de seres humanos, esto es, el reclutamiento, el transporte, la transferencia, etc., por medio de la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, con fines de explotación. La explotación incluye la prostitución de otras personas u otras formas de explotación sexual. El reclutamiento, el transporte, la transferencia, el ocultamiento o la recepción de niños o niñas con fines de explotación se considerará “trata de seres humanos”, aunque no implique ninguno de los medios establecidos.

Objetivos y programas internacionales

•• Educación para Todos: En abril de 2000, el Foro Mundial sobre la Educación en Dakar, Senegal adoptó el Marco de Dakar para la Acción con el fin de alcanzar seis objetivos de Educación Para Todos (EPT).

•• Declaración del milenio y objetivos de desarrollo: En septiembre de 2000, la Declaración del milenio estableció dos de los objetivos de EPT como dos de los ocho objetivos de desarrollo del milenio. El objetivo 2 establece que todos los niños deben tener acceso gratuito y obligatorio a educación primaria de buena calidad. El objetivo 3 es alcanzar igualdad de género en la educación primaria y secundaria para 2005, y alcanzar igualdad de género en todos los niveles de educación para 2015. Estos dos objetivos constituyen una agenda específica para alcanzar “el derecho de los niños y las niñas a la educación [...] progresivamente y en la base de igualdad de oportunidades” que exige la Convención de la ONU sobre los derechos de los niños y las niñas.

•• La función de la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas (UN GEI, por sus siglas en inglés) en la promoción de la participación de la niñas: En el año 2000, el secretario general de la ONU, Kofi Annan, inició la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas (UNGEI), una asociación para la educación de las niñas y la igualdad de géneros. La misma que viene emergiendo como una estrategia eficaz para la prevención de la violencia contra las niñas. En los países en que se ha instaurado la UNGEI, los socios trabajan en conjunto para fortalecer intervenciones que promueven el acceso de las niñas a una educación de calidad.

•• El Compromiso Global de Yokohama 2001: Se instauró en el 2° Congreso mundial contra la explotación sexual comercial de niños y niñas que se realizó en Yokohama, Japón, el cual unió a representantes de gobiernos, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales, el sector privado y miembros de la sociedad civil del todo el mundo. El compromiso reafirmó la protección y promoción de los intereses y derechos de niños y niñas a la protección contra todas las formas de explotación sexual, como la prostitución infantil, pornografía infantil y trata de niños y niñas para fines sexuales.

•• Un mundo apto para los niños y las niñas: La sesión especial de la Asamblea General de la ONU sobre niños y niñas, del 8 al 10 de mayo del 2002, culminó con la incorporación oficial por parte de 180 naciones del documento resultante, A World Fit for Children (Un mundo apto para niños y niñas). Este documento incluye 21 metas y objetivos específicos para la próxima década. En particular, establece la obligación de garantizar que los programas y materiales de educación reflejen completamente la promoción y protección de los derechos humanos y los valores de la paz, tolerancia e igualdad de géneros. La agenda además tiene como objetivo proteger a todos los niños y las niñas de todas las formas de explotación sexual, incluida la pedofilia, la trata y el secuestro.

•• Programa Construyendo una Europa para y con los niños: Este programa de tres años del Consejo de Europa busca garantizar el respeto por los derechos de los niños y las niñas en todos los países de Europa. Su objetivo es la promoción de los derechos de los niños y las niñas, y su protección contra todas las formas de violencia. Se basa en las cuatro P: Protección de los niños y las niñas, prevención de la violencia, procesamiento de los culpables y participación de los niños y las niñas. El programa presta especial atención a los niños y las niñas especialmente vulnerables; aquellos con discapacidades, que viven en la pobreza o no se crían bajo el cuidado de los padres.

•• La declaración y programa de acción de Estocolmo: Se trata de una asociación mundial contra la explotación de los niños y las niñas. El programa de acción tiene como objetivo identificar las prioridades y asistir en la implementación de instrumentos internacionales relevantes. Llama a los estados, todos los sectores de la sociedad y las organizaciones nacionales, regionales e internacionales a actuar contra la explotación sexual comercial de los niños y las niñas.

•• Protección de niños y niñas: Un manual para parlamentarios (publicación de la Unión Interparlamentaria y UNI CEF): Esta publicación muestra ejemplos de respuestas de parlamentarios a los desafíos de protección infantil y aborda 10 problemas de protección específicos. Los capítulos 8 a 11 (explotación sexual de niños y niñas, trata y venta de niños o niñas, prácticas tradicionales dañinas, violencia y abandono) son relevantes para los interesados en afrontar la violencia escolar.

Adaptado de: Nicola Jones; Karen Moore; Eliana Villar-Marquez; y Emma Broadbent (2008) Painful lessons: the politics of preventing sexual violence and bullying at school [Lecciones dolorosas: Políticas de prevención de la violencia sexual y el hostigamiento escolar en la escuela]. Londres: ODI

El castigo físico les niega a los niños y las niñas el derecho a crecer y poder contribuir en la formación de una sociedad libre. Niños, niñas y adolescentes merecen algo mejor que ser golpeados por sus mal llamados errores o desobediencias. Merecen orientación y atención constante y de calidad; un diálogo creativo y enriquecedor; y una educación estimulante y desafiante. Ningún tipo de violencia, incluida la física y la psicológica, puede ser justificada.
Mary Robinson, ex alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Ginebra 2001

 

Referencias

Este informe incorporó gran cantidad de información de la iniciativa mundial para terminar con todo tipo de castigo corporal en contra de niños y niñas (www.endcorporalpunishment.org) y las siguientes investigaciones encargadas por Plan:

•• Nicola Jones; Karen Moore; Eliana Villar-Marquez; y Emma Broadbent (2008) Painful lessons: the politics of preventing sexual violence and bullying at school [Lecciones dolorosas: Políticas de prevención de la violencia sexual y el hostigamiento escolar en la escuela]. London: Overseas Development Institute.

•• Catherine Blaya y Eric Debarbieux (2008) Expel violence!: A systematic review of interventions to prevent corporal punishment, sexual violence and bullying in schools [Expulsa la violencia: Una revisión sistemática de las intervenciones para evitar el castigo corporal, la violencia sexual y el hostigamiento en las escuelas]. Burdeaux: International Observatory on Violence in Schools.

•• Karen Moore, Nicola Jones y Emma Broadbent (2008) School violence in OECD countries [Violencia escolar en países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico] London.
Estos informes están disponibles en nuestro sitio Web plan-international.org/learnwithoutfear

Notas

1. Debarbieux, E. (2003) School violence and globalisation. Journal of Educational Administration, 41/6: 582-602. En Painful lessons.
2. Plan (2007) Plan-wide consultation on school violence. Woking: Global Advocacy Team.
3. Definimos desarrollo comunitario centrado en la niñez (CCCD por sus siglas en Inglés) como un enfoque en el que los niños y las niñas, sus familias y comunidades son activos participantes de su propio desarrollo. De esta manera, mejoran tanto su capacidad como sus posibilidades de trabajar junto a otros para propiciar cambios estructurales que tengan en cuenta las causas y consecuencias de la pobreza infantil a todo nivel.
4. Para obtener más información, visite.
5. Nicola Jones; Karen Moore; Eliana Villar-Marquez; and Emma Broadbent (2008) Painful lessons: the politics of preventing sexual violence and bullying at school. London: ODI.
6. Catherine Blaya and Eric Debarbieux (2008) Expel violence! A systematic review of interventions to prevent corporal punishment, sexual violence and bullying in schools. Bordeaux: International Observatory on Violence in Schools.
7. United Nations (2006) United Nations Secretary-General’s Study on Violence Against Children. Geneva: United Nations.
8. Iniciativa mundial para terminar con todo tipo de castigo corporal en contra de niños y niñas (www.endcorporalpunishment.org).
9. Durrant JE (2005) Corporal Punishment: Prevalence, Predictors and Implications for Child Behaviour and Development. En: United Nations (2006) United Nations Secretary-General’s Study on Violence Against Children. Geneva: United Nations.
10. EMIDA (2000) Enquête sur les violences educatives faites aux enfants dans les familles et à l’ école primaire au Cameroun. Yaoundé: EMIDA/UNICEF. En United Nations (2006) United Nations Secretary General’s Study on Violence Against Children. Geneva: United Nations (p.117).
11. Day, Randal (1998) Predicting Spanking of Younger and Older Children by their Mothers and Fathers. Journal of Marriage and the Family 60 (February 1998): 79-94
12. Shumba, A. (2002) The nature, extent and effects of emotional abuse on primary school pupils by teachers in Zimbabwe. Child Abuse and Neglect 26/8: 783-91. En Expel violence!.
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