Daniel Arasa es el presidente del Grupo de Entidades Catalanas de la Familia
S. Doménech.
larazon.es
15-II-2012.
BARCELONA– Cataluña es la comunidad autónoma con mayor número de divorcios. Con cifras del Instituto Nacional de Estadística de 2010 y a la espera de conocer los resultados de 2011, en esta autonomía se realizaron 19,541 divorcios de los 102,933 que se produjeron en toda España. También tuvieron lugar 1,298 separaciones y quince nulidades matrimoniales.
A Cataluña le sigue de cerca Andalucía (18.374 divorcios, 1,531 separaciones y 30 nulidades), pero la ratio por cada mil habitantes es muy superior en nuestra autonomía (2,78) y en Andalucía apenas supera en tres centésimas la media, que se sitúa en el 2,35, según los datos oficiales de la «Encuesta de Nulidades, Separaciones y Divorcios».
Para intentar poner remedio a esta situación y en clara defensa del matrimonio, el Grupo de Entidades Catalanas de la Familia (GEC) ha puesto en marcha un servicio de mediación gratuito para las parejas con problemas. El objetivo de esta iniciativa es ayudar a reconducir la relación a las parejas que atraviesan dificultades e intentar poner freno a esta situación porque, si bien los divorcios habían disminuido en los años anteriores con motivo de la crisis, en 2010 volvió a producirse un repunte, que se ha acusado sobre todo en Cataluña, donde las entidades católicas piden más políticas públicas de cara a defender la familia.
La iniciativa del GEC está dirigida a las parejas establecidas en Cataluña «en un intento de contribuir a superar las dificultades de convivencia antes de pasar a situaciones más graves», explica su presidente, Daniel Arasa, quien añade que el servicio que han puesto en marcha está pensado para «aquellas parejas que realmente desean resolver su problema, ayudándoles a identificarlo y a buscar soluciones», informó la agencia Efe.
Pensar en los hijos
La abogada Silvia Soler es la encargada de gestionar este servicio desde el conocimiento de causa. «Vengo ejerciendo desde hace 22 años, especialmente en el ámbito de derecho matrimonial, y esta experiencia me permite favorecer en la máximo posible la mediación e intermediación en toda clase de conflictos familiares en los que se solicite mi intervención como mediadora», asegura esta abogada.
Desde esta activa organización católica sin ánimo de lucro establecida en Barcelona consideran que la mediación para evitar divorcios y separaciones es especialmente recomendable «sobre todo en los casos en que hay hijos, ya que las alteraciones psicológicas y los problemas en los niños pueden ser muy serios», concluye su presidente.
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EE.UU.: una propuesta para evitar divorcios precipitados
Juan Meseguer
Aceprensa,
10-XI-2011
Los procesos de divorcio se basan en la presunción de que quienes lo solicitan lo hacen porque consideran que su matrimonio ya no tiene arreglo. Pero ¿y si esta presunción fuera errónea? Tras comprobar que algunos de los que piden el divorcio querrían reconciliarse si supieran cómo hacerlo, dos expertos en cuestiones de familia han lanzado una propuesta para reducir la tasa de divorcios en EE.UU.
Auspiciada por The Institute for American Values, Second Chances es una propuesta novedosa en el panorama pro familia. Sus autores son la magistrada Leah W. Sears, ex presidenta del Tribunal Supremo de Georgia, y William J. Doherty, profesor de Ciencias de la Familia en la Universidad de Minnesota y terapeuta familiar desde 1977.
¿Qué significa “quiero divorciarme”?
Sobre esta presunción, el profesor Doherty y su equipo de investigadores de la Universidad de Minnesota realizaron un estudio con una muestra de 2.484 parejas casadas que estaban inmersas en un proceso de divorcio (1).
Su principal hallazgo es que, en casi el 40% de esos matrimonios, al menos uno de los cónyuges declaró estar interesado en la reconciliación. En el 10% de los casos, ambos cónyuges querían que su matrimonio durara.
Hasta aquí los deseos. ¿Y las esperanzas de éxito? ¿Se veían los cónyuges en trámite de divorcio con alguna opción de salir adelante? Pues algunos, sí. De las parejas encuestadas, casi 1 de cada 4 cónyuges declaró que su matrimonio todavía podía salvarse; en 1 de 9 casos, ambos cónyuges lo veían posible.
Doherty llegó a la conclusión de que la afirmación “quiero divorciarme” podía en realidad expresar hasta cuatro actitudes distintas:
1. “Mi matrimonio no tiene arreglo; ya es tarde para intentar salvarlo, aun cuando mi marido / mi mujer fuera capaz de hacer cambios notables”.
2. “Tengo sentimientos confusos respecto al divorcio; a veces creo que es una buena idea, y otras no estoy seguro”.
3. “Consideraría la posibilidad de reconciliarme, si mi marido / mi mujer se planteara en serio una serie de cambios”.
4. “No quiero pedir el divorcio. Estaría dispuesto a luchar para que estuviéramos juntos otra vez”.
A partir de esta tipología, Doherty y su equipo volvieron a hacer una nueva encuesta. Descubrieron que el 65% de los cónyuges que pedían el divorcio pensaba realmente que su matrimonio no podía salvarse (actitud 1), mientras que el 30% todavía albergaba alguna esperanza (actitudes 2, 3 y 4).
Es interesante destacar que ese porcentaje del 30% coincide con el de personas casadas que, en otro estudio, declararon sentirse insatisfechas con su matrimonio pero que no llegaron a divorciarse y que, pasado el tiempo, volvieron a encontrar la satisfacción en su matrimonio (2).
Los “divorcios innecesarios”, más dolorosos
Los investigadores de la Universidad de Minnesota también comprobaron que las actitudes de quienes piden el divorcio pueden variar en función de dos factores. A medida que se va enfriando la decisión de disolver el vínculo y los cónyuges aprenden recursos para mejorar su relación, disminuye el número de los que quieren divorciarse y aumenta el de los que quieren reconciliarse.
Para Doherty, estos datos son alentadores. “Tenemos una nueva oportunidad para ayudar a millones de familias” y “reducir así las elevadas tasas de divorcios innecesarios”, afirma.
Por “divorcios innecesarios” entiende aquellos que podrían evitarse si existiera un período de reflexión desde que se solicita el divorcio hasta que se reitera la voluntad de disolver el vínculo, y cursos de formación que ayuden a los matrimonios en crisis a superar las malas rachas.
En contra de lo que muchas veces se cree, la mayoría de los divorcios en EE.UU. (entre el 50% y el 66%, según qué estudios se manejen) tienen lugar en parejas casadas que durante años han experimentado buenos niveles de satisfacción en su matrimonio y bajos niveles de conflicto. El resto de divorcios (entre el 33% y el 50% dependiendo de los estudios) se da en matrimonios verdaderamente conflictivos.
Pues bien, son precisamente los divorcios del primer tipo los que más desconciertan a los hijos. Al no apreciar razones de peso para el divorcio (peleas permanentes entre los padres; abusos o malos tratos...), los hijos pueden llegar a culpabilizarse de la ruptura.
Sea por este u otros motivos, cabe constatar que los divorcios más dolorosos para los hijos son aquellos que se producen en matrimonios donde existían mayores probabilidades de reconciliarse (3).
Los períodos de reflexión funcionan
Con estos datos, la magistrada Sears –que fue considerada por Obama en dos ocasiones para el Tribunal Supremo de EE.UU.– y el profesor Doherty creen que el actual sistema divorcista debe dar un giro de 180 grados: a su juicio, lo primero que se ha de ofrecer a quienes piden el divorcio es la oportunidad de reconciliarse. Así, muchos matrimonios en crisis todavía podrían salvarse incluso en trámites de divorcio.
Por eso, el primer eje de la propuesta Second Chances consiste en implantar un período de reflexión de al menos un año de duración en aquellos estados del país donde o bien no existen esos períodos o, si existen, el tiempo de enfriamiento no llega al año.
Como en EE.UU. el arco de posibilidades es muy amplio (hay 14 estados sin período de reflexión; otros tantos que contemplan períodos de 20, 30 o 60 días; hasta los más garantistas que prevén períodos de 2 años), Sears y Doherty han podido comprobar qué ocurre en unos y otros. La conclusión es que en aquellos estados donde los períodos de reflexión son más largos, las tasas de divorcio han tenido un incremento menor.
Según sus estimaciones, si las tasas de divorcio del país fueran similares a las del estado de Illinois (donde el período de reflexión es de 2 años, si la demanda es unilateral, o de 6 meses si es de común acuerdo), cerca de 308,000 niños se ahorrarían la experiencia del divorcio de sus padres. Y si fueran como las de Massachusets (aquí el período de enfriamiento es de 9 meses si es divorcio unilateral o de 3 meses si la petición es consensuada), más de 400,000 niños no verían a sus padres divorciarse.
Que los períodos de reflexión funcionan lo demuestra también la experiencia de otros países. Según un estudio publicado en 2009, el 80% del aumento de las tasas de divorcio que tuvo lugar en Europa Occidental entre 1970 y 1990 podía atribuirse a la eliminación o al acortamiento de los períodos de espera en los procesos de divorcio (4).
Junto al tiempo de enfriamiento que ofrecen los períodos de reflexión, Sears y Doherty proponen crear programas de formación y centros universitarios orientados a ofrecer recursos y herramientas educativas a los matrimonios en crisis para facilitarles la reconciliación. Este enfoque constructivo se emplea con éxito en Minnesota desde julio de 2010.
Notas
(1) William J. Doherty, Brian J. Willoughby y Bruce Peterson, “Interest in Marital Reconciliation among Divorcing Parents”, Family Court Review, vol. 49, nº 2, pp. 313-321, abril 2011.
(2) Jared R. Anderson, Mark J. Van Ryzin y William J. Doherty, “Developmental Trajectories of Marital Happiness in Continuously Married Individuals: A Group Modeling Approach”, Journal of Family Psychology, vol. 24, nº 5, pp. 587-596, octubre 2010.
(3) Alan Booth y Paul R. Amato, “Parental Predivorce Relations and Offspring Postdivorce Well-Being”, Journal of Marriage and Family, vol. 63, nº 1, pp. 197-212, febrero 2001.
(4) Thorsten Kneip y Gerrit Bauer, “Did Unilateral Divorce Laws Raise Divorce Rates in Western Europe?”, Journal of Marriage and Family, vol. 71, nº 3, pp. 592-607, agosto 2009.
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La mediación, un proceso de sanación
By Serby Castro
03-10-2011
solomediacion20.com
Pudiera sonar raro, pero sí la experiencia como mediadora del Centro de Mediación de la Fiscalía Barrial de Villas Agrícolas en Santo Domingo R.D. me ha dado la razón. Encima de los beneficios de confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, economía, disminución de tiempo, ausencia de trámites jurídicos y burocráticos la mediación es un proceso de sanación, lo digo porque fueron innumerables los casos donde las partes después del proceso de mediación respiraban y de sus labios salía la frase “me siento como si me hubieran quitado un peso de encima”. Y en realidad es así porque cuando tenemos un conflicto sin resolver con una persona que la mayoría de veces siempre es conocida o un familiar, pues hasta nos enfermamos porque está más que comprobado que las enfermedades son consecuencia muchas veces de las frustraciones que sentimos, de la energía que invertimos culpando a los demás por nuestros errores, nos desgastamos, se perturba nuestra paz y vamos alimentando y de este modo acrecentando resentimientos que se derivan en males mayores que muchas veces trascienden y no solo afectan nuestra salud sino también a otras personas.
El proceso de Mediación tiene ese hilo de sanación porque nos da la oportunidad de exponer sanamente el conflicto que pudiera estar afectando una relación ya sea esta familiar, laboral, comunitaria , directiva, de pareja, de amistad y nos brinda al mismo tiempo la prerrogativa de poder aportar posibles soluciones a ese conflicto que nos mantiene perturbados y que al momento de llegar a un feliz término pues automáticamente genera una sensación de bienestar entre las partes, porque hay que recordar que son las partes involucradas las llamadas a aportar las posibles soluciones a sus problemas de mutuo acuerdo y en ese ir y venir las mismas sin darse cuenta van acercándose y en su afán de buscar una solución viable para ambos pues se va dando una compenetración.
Por ejemplo conflictos que surgen entre vecinos que se conocen hace décadas y de un momento a otro esa relación se ve afectada por cualquier diferencia de criterios, o hermanos que se pelearon y en esa pelea involucraron a los padres, amistades de antaño, mal entendidos, chismes, conflictos entre parejas, conflictos escolares, incomprensión claro que generan sentimientos y no precisamente buenos que se callan y que envuelven a las partes en una atmósfera asfixiante que en cualquier momento estalla, en un conflicto con dimensión mayúscula.
Las partes solicitan el proceso de mediación porque reconocen que algo anda mal, que en realidad tienen un conflicto que resolver y este es un paso muy importante en el proceso de sanación reconocer que tenemos un conflicto; el mismo pudo haberse generado por razones innumerables. Pero reconocer que hemos fallado ya fuera por imprudencia, mal comportamiento, ofensas etc. Ya es un paso.
En las secciones de mediación salen a relucir muchos sentimientos de todas clases y cuando las partes son capaces de perdonarse y perdonar a otros por ofensas que nos hayan o el daño que hayamos causado, cuando somos capaces de dar un apretón de manos, un abrazo, un beso, cuando se derraman las lágrimas que se han detenido y se llega a un acuerdo beneficioso para ambas partes, pues estamos ante un compromiso de convivencia sana y en paz y es aquí automáticamente estamos ante un proceso de sanación.
Serby Castro Licenciada en Derecho, Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) Santo Domingo, República Dominicana (1998). Diplomado en Procedimientos Judiciales, Universidad Interamericana (ÚNICA) Santo Domingo, República Dominicana (2000). Diplomado en Mediación Comunitaria, Ministerio Público, Santo Domingo República Dominicana (2009). Diplomado en Derecho Constitucional, Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (2010). Abogada en Ejercicio. Mediadora del Centro de Mediación Comunitaria de la Fiscalía Barrial de Villas Agrícolas en la ciudad de Santo Domingo República Dominicana. Miembro del Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana.
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