Al final tiene que ser la policía la que investigue si realmente se da una “análoga relación de afectividad” o si se trata de un subterfugio
Desde hace unos quince años el Derecho de Familia español ha ido asimilando la situación de las parejas de hecho a las matrimoniales. Igualar el vínculo del matrimonio con el de una “análoga relación de afectividad” pero sin vínculo, parecía muy liberal y abierto. ¿Qué importan las formalidades cuando lo decisivo es el amor? Pero hasta los partidarios del amor libre suelen querer que se les reconozcan los mismos derechos que a los casados, ya que no los deberes, y al final siempre hace falta algún papel que acredite la convivencia.
Así que no pocos municipios crearon registros de parejas de hecho, y hasta trece comunidades autónomas legislaron sobre estas parejas tan reacias al derecho. Cuestiones tan variadas como la pensión de viudedad, el derecho a la asistencia sanitaria, la subrogación en el alquiler de vivienda, etc. han quedado reguladas para las parejas de hecho, aunque no en todos los casos hayan obtenido lo mismo que las casadas.
Pero una legislación tan acogedora para las parejas de hecho puede ser también muy oportuna para los que buscan eludir los rigores de la legislación de inmigración. Así que las parejas de hecho se han convertido en un recurso para muchos inmigrantes en situación irregular. Antes, solo si se casaban con un residente comunitario podían salir del limbo legal y obtener la residencia. Podían darse matrimonios de conveniencia, y en diversos momentos el Ministerio de Justicia alertó a los Registros para que investigaran los enlaces sospechosos y rechazaran la inscripción de los falsos matrimonios que el Ministerio estimaba en “cientos de casos” anuales. También el Ministerio del Interior ha desarticulado en varias ocasiones redes dedicadas a buscar –previo pago– cónyuges de conveniencia a inmigrantes irregulares, matrimonio pronto seguido del divorcio exprés que creó el gobierno de Zapatero.
Pero, a raíz de una modificación legal de 2010, es mucho más útil inscribirse como pareja de hecho en un municipio que tenga un registro de ese tipo. Basta que uno de los dos esté empadronado en el municipio. Si el otro es un inmigrante extracomunitario y no tiene los papeles en regla, esa unión de hecho le sirve para obtener la tarjeta de residente de familiar comunitario, que le abre las puertas para residir en España, moverse por Europa y acceder al mercado laboral. Y ¿cómo controlar la constitución, el mantenimiento o la ruptura de una relación afectiva de hecho?
Tan fácil se ha puesto el asunto que, según informa El País (2-05-2012), la policía ha detectado un “aumento alarmante” de peticiones de este tipo por parte de inmigrantes irregulares inscritos como pareja de un “legal”. En Barcelona, el año pasado se investigó a mil parejas sospechosas, y en el 80% de los casos se demostró que eran falsas. Por supuesto, en muchos casos hay dinero por medio. Para evitar estos fraudes, algunos Ayuntamientos han optado por cerrar los registros de parejas de hecho, que en muchos casos nacieron para “legalizar” a parejas homosexuales, antes de que fueran reconocidas como matrimonio.
Pero no echemos la culpa a los que recurren al fraude de ley, sino preguntémonos por qué la ley facilita tanto el fraude. Por un afán de asimilar cualquier tipo de convivencia afectiva al matrimonio, al final tiene que ser la policía la que investigue si realmente se da una “análoga relación de afectividad” o si se trata de un subterfugio.
Primero la ley bendice la afectividad sin papeles de las parejas de hecho, y luego se queja de que los inmigrantes sin papeles lo utilicen para obtener los mismos derechos que los legales. ¿No podrían alegar los inmigrantes irregulares –a veces ya arraigados en España– que están en una “análoga situación de legalidad” respecto a los residentes oficiales?
Aceprensa
Año 2012 |