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Grooming: acoso infantil a través de la red
Artículo especializado de Abogados Portaley

La operación “Lobos” llevada a cabo por la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional (BIT) en colaboración con las jefaturas de policía de casi todas las provincias españolas y los juzgados, se ha saldado con la detención de 78 personas por tenencia y distribución de pornografía infantil.

La investigación se inició con la denuncia recibida por la BIT respecto a una web llamada Paisajes Lunares, en la que, presuntamente, tras visualizar algunas fotografías coincidentes con el tema de la página, podía accederse a pornografía infantil.

Una de las prácticas mas habituales últimamente en la red es la extorsión y chantaje a menores, curiosamente, cometidas también en gran número por menores de edad.

Todo comienza cuando el delincuente, tras contactar con el/la menor via chat, se hace con su confianza, logrando obtener de ella alguna imagen o fotografía comprometida. Y es aquí donde comienza el chantaje, ya que el/la menor es chantajeado/a para que le envíe mas y mas imágenes o fotografías de este tipo si no quiere que las envíe a todos sus contactos, ya que el delincuente, ya se las ha ingeniado para obtener las claves de acceso al correo, disponiendo con ello de la libreta de direcciones de su víctima.

El/la menor, movido/a por el miedo y la vergüenza y creyendo que el chantajista va a quedar satisfecho y no va a distribuir las imágenes, cede, lo cual resulta si cabe mas contraproducente puesto que entra en una espiral de la que no puede ya salir indemne y sin ayuda.

Esta práctica se conoce como «child grooming», término que hace referencia a la acción encaminada a establecer una relación y control emocional sobre un niño/a, cuya finalidad última es la de abusar sexualmente del/la menor.

Lo curioso y espeluznante de este caso es que los delincuentes pueden ser incluso menores de edad, cuyo perfil no es el de un menor con una situación familiar y social desestructurada, sino de un menor que dispone de una educación y unos medios de vida (ordenador, Internet, móvil, etc) que no denotan marginalidad en absoluto (lo cual no es causa justificativa, pero es un elemento a tener en cuenta), muy al contrario, revelan que carecen del mas mínimo sentido de la responsabilidad de sus propios actos y de la gravedad de los mismos.

No obstante, no hay un perfil concreto para los delincuentes sexuales, ya que como hemos podido comprobar con los detenidos en esta operación, hay profesores, un policía, padres de familia, etc.

Es fundamental que los padres conozcan los peligros de la Red y sepan informar a sus hijos de lo que deben o no hacer cuando chatean, acceden a su correo electrónico o navegan por la Red. La privacidad es primordial, y ha de resguardarse tanto con prácticas sencillas derivadas del sentido común (no chatear ni dar nuestro email a desconocidos, no enviar ni permitir captar imágenes a desconocidos, no abrir correos sospechosos o de remitente desconocido, etc) como con la instalación de barreras técnicas de protección (antivirus, etc).

Ante este tipo de casos, es fundamental denunciar lo antes posible, bien acudiendo a la policía o guardia civil, o en el juzgado de guardia mas cercano al domicilio, o bien contactando con abogados que conozcan el procedimiento para encaminar la acusación.

Pedofilia y pederastia

La pedofilia se define como la “Atracción erótica o sexual que una persona adulta siente hacia niños o adolescente”, mientras que la pederastia es el “abuso cometido con niños”

En base a estas definiciones, el pederasta es aquel que efectivamente materializa o pone en práctica su atracción sobre un menor.

A este respecto, se debate estas últimas semanas acerca de la aplicación de determinadas medidas de seguridad a los pederastas una vez cumplida su condena.

Aun no se han determinado las medidas que podrían aplicarse, pero lo que esta claro es que nunca podrán ser punitivas, ya que de lo contrario, su imposición podría vulnerar los derechos fundamentales del delincuente, que supuestamente, ya habría cumplido su condena.

No obstante, el acuerdo al que han llegado los partidos políticos en el Congreso de los Diputados deja claro que los pederastas no rehabilitados no podrán salir a la calle sin mas. Pero, ¿cuándo, en que casos y bajo que circunstancias se considerará que un pederasta se ha rehabilitado?

Lo que si está claro es que hay un acuerdo general para la creación de un registro de pederastas, que no será público para cualquier persona, sino solo para los organismos judiciales, sin embargo se está barajando la posibilidad de que se abra a las fuerzas de seguridad del Estado.

Es preciso pensar que si no existe un registro de este tipo, es posible que un pederasta, maestro de escuela, vuelva a dar clase en un colegio una vez cumplida su condena y cancelados sus antecedentes, lo cual puede favorecer que vuelva a reincidir en el delito.

10. Junio 2008