Imprimir
Italia prohíbe congelar embriones y las donaciones de óvulos y esperma

JUAN VICENTE BOO
Corresponsal del ABC

ROMA. El vacío legal italiano, que dio lugar a las «mamás-abuelas», ha quedado atrás con la aprobación de una de las leyes más restrictivas en materia de reproducción asistida. La nueva legislación tutela los derechos del embrión, impide su congelación, limita a tres el número de óvulos que pueden fecundarse e impide la donación de óvulos y espermatozoides.

También regula quién puede someterse a un tratamiento de reproducción asistida. Limita la fecundación artificial tan solo a parejas estables, casadas o no, y sólo si están formadas por personas de distinto sexo y en edad reproductiva. Se excluyen, por tanto, las «mamás-abuelas» que proliferaron en Italia a modo de recurso publicitario de clínicas de fertilidad, así como el uso de gametos procedentes de personas fallecidas.

En esa línea, la ley excluye de la fecundación artificial a las viudas, a las mujeres solteras y a las parejas homosexuales. La nuevas normas excluyen también a las parejas homosexuales estables, y a las que sean portadoras de enfermedades genéticas conocidas. Se prohíbe también cualquier modificación del patrimonio genético del embrión.

La fecundación se limitará a producir tres embriones en cada tratamiento. Ninguno podrá someterse a análisis genéticos y serán implantados en el útero de la madre, evitando así la acumulación de embriones congelados. Tan solo en el caso de que la madre sufra alguna complicación médica grave e inesperada podrán congelarse los embriones temporalmente hasta que pueda llevarse a cabo la implantación.

La ley admite tan solo el uso de gametos de la pareja, excluyendo donantes y estableciendo penas severas para los casos de comercio. Se sanciona el uso de gametos (óvulos y espermatozoides)ajenos a la pareja, su comercialización o el uso de madres de alquiler con multas de 300.000 a 600.000 euros y penas de tres meses a tres años de cárcel. La congelación o destrucción deembriones se castiga con multas de 150.000 euros y hasta tres años de prisión. La práctica de la clonación humana, expresamente prohibida, incluye, además de las penas anteriores, la inhabilitación para la actividad médica.

España. Más flexible

La legislación española en materia reproductiva se aleja, en extremo, del nuevo texto aprobado en Italia. La reforma española que acaba de ratificarse en el Senado es más restrictiva,aunque sólo coincide con la italiana en la limitación a tres del número de óvulos fecundados. Pero incluso esta restricción se flexibilizará cuando la pareja sufra la esterilidad más severa. Sin embargo, la ley española sigue permitiendo el análisis genético de los embriones antes de su implantación en el útero de la madre y no limita la utilización de óvulos o esperma de donante. Tampoco impide que parejas con enfermedades genéticas conocidas o mujeres solteras (con independencia de su orientación sexual) recurran a tratamientos de fecundación artificial.

13 de diciembre de 2003

www.almudi.org