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Estatuto Biológico del Embrión Humano

Javier Vega Gutiérrez.

En las dos últimas décadas, algunos han puesto en duda que el embrión humano, desde el primer momento de su concepción sea un individuo de la especie humana, que se trate de un ser humano. ¿Cuándo comienza la vida humana?, ¿en qué momento, en consecuencia, adquiere el embrión humano su estatuto biológico, moral y legal?, son pues las cuestiones que centran el debate ético en el inicio de la vida.

Sobre estos temas, de tanta actualidad y con tantas implicaciones prácticas, se hacen a continuación algunas consideraciones.

El preembrión o embrión preimplantatorio es el nombre dado por algunos autores al embrión humano durante los primeros catorce días días tras la fecundación.

Para algunos, habría que tener "cierto respeto" hacia ese "conjunto de células envueltas en la zona pelúcida", pero no se trataría de un ser humano ya que en los primeros días es posible la gemelación, las células son totipotenciales, no se ha formado la línea primitiva y no se ha completado aún la nidación.

Los datos embriológicos permiten afirmar que desde la fecundación existe un individuo de la especie humana; existen varias características fundamentales que lo justifican:

1.- Novedad biológica

Nace algo nuevo al fundirse los núcleos de las células germinales; no se ha dado ni se dará una información genética exactamente igual. Ahí está escrito el color de los ojos, la forma de la nariz, etc. Se trata de un ser biológicamente único e irrepetible.

2.- Unidad

Si se trata de una individualidad biológica, de un todo compuesto de partes organizadas, tiene que haber un centro coordinador; es el genoma el centro organizador que va haciendo que se den las sucesivas fases en esa novedad biológica de forma armónica.

3.- Continuidad

No existe ningún salto cualitativo desde la fecundación hasta la muerte; no puede decirse que en un momento es una cosa y más adelante otra diferente; todo el desarrollo está previsto en el genoma. Desde la fecundación existe un individuo de la especie humana que se va desarrollando de manera contínua.

4.- Autonomía

Desde el punto de vista biológico, todo el desarrollo sucede desde el principio hasta el final de manera autónoma. La información para dirigir esos procesos viene del embrión mismo, de su genoma. Desde el inicio, es el embrión quien pide a la madre lo que necesita, estableciéndose un "diálogo químico".

5.- Especificidad

Todo ser vivo pertenece a una especie. El embrión, analizando su cariotipo, vemos que desde el primer momento de su desarrollo pertenece a la especie homo sapiens sapiens.

6.- Historicidad o biografía

Todo viviente tiene “una historia”, no es solamente lo que se vé en un momento dado (un conjunto de células vistas con el microscopio), sino que todo viviente es lo que ha sido hasta ese momento y lo que será después.

Ya se han mencionado varias objeciones a que el preembrión sea un individuo de la especie humana; vamos a analizarlas brevemente a continuación.

La posibilidad de gemelación antes de la implantación en el útero; si el preembrión se puede dividir en dos o más (de forma natural o por clonación), entonces no es un individuo.

La afirmación de la última frase no es cierta; por ejemplo, una ameba es un individuo biológico, aunque pueda dividirse y dar lugar a otras amebas. Individuo no es igual a indivisible; un individuo se puede dividir, como puede ocurrir con el embrión humano antes de implantarse y dar lugar a otro embrión “hijo”, que será otro individuo (caso de los gemelos univitelinos).

La totipotencialidad de las células del preembrión. Si una de las células puede dar lugar a otro individuo, o incluso a la placenta, ¿cómo el blastómero puede ser un individuo?.

En realidad esto refuerza el hecho de que es un individuo, pues si siendo células totipotenciales acaban formando un todo, eso indica que hay un centro organizador. Aunque cada célula podría dar lugar a cualquier miembro, a la placenta, etc., el centro organizador va colocando a cada célula a formar una cosa. La placenta además puede ser considerada como un miembro temporal y necesario para el individuo que en un momento dado se pierde.

La ausencia de la línea primitiva; hasta el día 14 no aparece el esbozo del sistema nervioso central, que será el centro organizador del organismo, por lo que algunos piensan que hasta entonces no se puede hablar de individuo.

El verdadero centro organizador en las primeras semanas es el genoma, presente desde el primer instante; más adelante será el sistema nervioso central el organizador.

Efectivamente, el preembrión o el embrión es un individuo de la especie humana, pero no es una persona, dicen algunos.

Lo que merece respeto es todo ser humano, llamémosle o no persona; es el hombre y la mujer en cuanto tales los que tienen unos derechos: se trata de los derechos del ser humano. Persona humana es ese ser humano en cuanto es capaz de interioridad (autoconciencia, autonomía, libertad), relacionalidad (activa o pasiva), trascendencia... La persona tiene sentido en sí misma, es fin en sí misma.

Para algunos, persona es relacionalidad, por lo que, hasta que no se produce una relación físico-química en la nidación, el embrión no es persona.

Antes de la nidación, ya existe una relación del nuevo ser con la madre a través de diversos factores y hormonas. De todas formas, un ser humano se manifiesta como tal porque es persona (el actuar sigue al ser y no al revés, dicen algunos filósofos).

Por ejemplo, si oímos ladrar pensamos: es un perro; pero no es un perro porque ladre, si no ladrara seguiría siendo un perro. De forma parecida puede afirmarse que todo ser humano es persona aunque todavía no actúe como tal porque no se han desarrollado sus capacidades (como ocurre en los primeros momentos de la existencia del hombre y de la mujer), o porque las haya perdido (como en un enfermo en coma o en un demente). ¿Cómo un individuo humano podría no ser una persona humana?.

Por lo demás, está en juego algo tan importante que, aunque alguien dudase sinceramente que el embrión sea un ser humano, debería ser respetada en todo momento su dignidad. Al igual que en Derecho penal se dice “in dubio pro reo”, y en Derecho laboral “in dubio pro operario”, debemos afirmar en este caso “in dubio pro embrión”.

El autor es Profesor Titular de Medicina de la Universidad de Valladolid, España.